INZULZA/AGRÍCOLA SANTA LIDIA SPA
Rol
Fecha
2 de febrero de 2024
Materia
OTROS SUMARIOS
Resultado
CONFIRMADA/REVOCADA
Hechos
Vistos: En cuanto a la apelación interpuesta por la parte demandada en folio 24: El mérito de los antecedentes, estimándose que la interlocutoria de prueba en la forma modificada por resolución de veintitrés de noviembre de dos mil veintitrés, escrita a folio 32, está redactada en términos amplios, comprendiendo lo sustancial de la controversia planteada por las partes, la modificación solicitada por la demandada resulta innecesaria, y teniendo presente además lo establecido en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil se confirma en lo apelado, sin costas, la interlocutoria de prueba en alzada de fecha veintiocho de julio de dos mil veintitrés escrita a folio 21, modificada por la resolución de veintitrés de noviembre del mismo año, escrita a folio 32. En cuanto a la apelación interpuesta por la parte demandante en folio 26: El mérito de los antecedentes, estimándose que el punto solicitado agregar es pertinente y sustancial, dado el contenido de la defensa planteada por la parte demandada y teniendo presente además lo establecido por los artículo 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca en lo apelado, sin costas, la interlocutoria de prueba en alzada de fecha veintiocho de julio de dos mil veintitrés escrita a folio 21, modificada por la resolución de veintitrés de noviembre del mismo año, escrita a folio 32, en el sentido de agregarse un quinto punto de prueba del siguiente tenor: “5.- Efectividad de haber devuelto Tulio Inzulza Watson la suma de $30.000.000.- a Claudio Arcadio Barría Vidal” Devuélvase. Rol Civil 1358-2023
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, dos de febrero de dos mil veinticuatro. Vistos: En cuanto a la apelación interpuesta por la parte demandada en folio 24: El mérito de los antecedentes, estimándose que la interlocutoria de prueba en la forma modificada por resolución de veintitrés de noviembre de dos mil veintitrés, escrita a folio 32, está redactada en términos amplios, comprendiendo lo sustancial de la controversi
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