DROGUETT/SOC.PRODUCTORA Y ASESORA DE INVERSIONES MUEBLES E INMUEBLES ESTADO LTDA. (LTE)
Rol
Fecha
2 de febrero de 2024
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
REVOCADA.
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que no existen hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, conforme lo exige el artículo 318 del Código de Procedimiento Civil, para abrir un término probatorio y, en especial, conforme a la presentación de folio 24 de primera instancia, se revoca la resolución que recibe la causa a prueba de fecha ocho de mayo de dos mil veintitrés, dictada por el Trigésimo Juzgado Civil de Santiago y, en su lugar, se declara que omitiéndose dicho trámite, se ordena citar a las partes a oír sentencia, debiendo dictarse a la brevedad. Comuníquese y devuélvase. N°Civil-377-2024. Pronunciada por la Cuarta Sala, integrada por la Ministra señora Marisol Andrea Rojas Moya, señor Alejandro Rivera Muñoz y el Abogado Integrante señor Joel Arturo González Castillo. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, dos de febrero de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Fallo
se declara que omitiéndose dicho trámite, se ordena citar a las partes a oír sentencia, debiendo dictarse a la brevedad. Comuníquese y devuélvase. N°Civil-377-2024. Pronunciada por la Cuarta Sala, integrada por la Ministra señora Marisol Andrea Rojas Moya, señor Alejandro Rivera Muñoz y el Abogado Integrante señor Joel Arturo González Castillo. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, dos de febrero de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, dos de febrero de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Que no existen hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, conforme lo exige el artículo 318 del Código de Procedimiento Civil, para abrir un término probatorio y, en especial, conforme a la presentación de folio 24 de primera instancia, se revoca la resolución que recibe la causa a prueba de fec
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