A.F.P. HABITAT S.A. CON GONZALEZ
Rol
P-1967-2011
Fecha
10 de noviembre de 2022
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: Habiéndose acreditado fehacientemente el fallecimiento de la trabajadora ALICIA DEL CARMEN ORTIZ SILVA, RUT 7.612.983-5, con fecha 23 de octubre de 2015 a las 08:40 horas en Curicó, de lo que se sigue la absoluta imposibilidad de que se hayan devengado cotizaciones posteriores a tal época; a fin de evitar un enriquecimiento sin causa; y con lo previsto en el artículo 89 del Código de Procedimiento Civil, se hace lugar a la incidencia y consecuentemente, se ordena restringir el crédito de autos hasta la señalada fecha del fallecimiento de la trabajadora ocurrido el 23 de octubre de 2015. Al efecto, liquídese en los términos indicados, una vez ejecutoriada la presente resolución. RIT P-1967-2011 RUC 11-3-0207550-8 Proveyó don ERICK FABIAN RIOS LEIVA, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Curicó. En Curicó a diez de noviembre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución precedente. ERL/ser.- Código: XTELXCXMSDE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-11-10T08:24:45-0300
Texto Completo (Preview)
Curicó, diez de noviembre de dos mil veintidós. Estese a lo que se resolverá. VISTO: Habiéndose acreditado fehacientemente el fallecimiento de la trabajadora ALICIA DEL CARMEN ORTIZ SILVA, RUT 7.612.983-5, con fecha 23 de octubre de 2015 a las 08:40 horas en Curicó, de lo que se sigue la absoluta imposibilidad de que se hayan devengado cotizaciones posteriores a tal época; a fin de evitar un enr
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