ANONIMIZADO
Rol
Fecha
1 de febrero de 2024
Materia
DIVORCIO POR CESE DE CONVIVENCIA
Resultado
CONFIRMADA CON DECLARACIÓN
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 19.968, se confirma la sentencia apelada de dieciséis de octubre de dos mil veintitrés, dictada por el Primer Juzgado de Familia de San Miguel con declaración que el monto de la compensación económica deberá ser pagado en catorce cuotas mensuales, iguales y sucesivas de quinientos mil pesos ($500.000.-), los que de no ser pagados en tiempo y forma darán lugar a la aceleración del saldo de cuotas. Devuélvase. N°Familia-1575-2023.
Texto Completo (Preview)
San Miguel, uno de febrero de dos mil veinticuatro. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 19.968, se confirma la sentencia apelada de dieciséis de octubre de dos mil veintitrés, dictada por el Primer Juzgado de Familia de San Miguel con declaración que el monto de la compensación económica deberá ser pagado en catorce cuotas mensuales, iguales y
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