SIN INFORMACION

BERNARDO ALEJANDRO ACUÑA GALLEGOS /MACARENA ANDREA CONCHA MUÑOZ

Rol

Fecha

1 de febrero de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Comparece Bernardo Acuña Gallegos, con domicilio que indica, quien deduce recurso de protección en contra de Macarena Concha Muñoz, con domicilio que indica. Relata que con fecha 14 de septiembre, a eso de las 21:30 horas, distintas personas le advirtieron que circulaba en la red social Instagram una difamación pública conocida como “FUNA”, que había sido creada y difundida por la recurrida mediante su cuenta de Instagram denominada “macaconcha.m”, todo a través de una “historia” con una leyenda del siguiente tenor: “hoy me robaron la mesa de cuarzo y los escritorios de mármol, entre otras cosas, me amenazaron y golpearon… El delincuente resultó ser la persona que tenía trabajando. Que lata la gente que muerde la mano que les da de comer” (SIC) junto a dos fotografías, apareciendo él en una de ellas. Agrega que rápidamente la historia fue viralizada en algunos grupos de WSP, por personas que capturaron la imagen y dieron aun mayor difusión, amigos y familiares por mensajería WSP le compartían las capturas que circulaban, algunos sorprendidos y otros incrédulos le preguntaban sobre las injurias y calumnias que contenía la “FUNA”, y de alguna manera le solicitaban explicar a que se debía tamaña acusación y descredito. Inserta dos imágenes de redes sociales. Afirma que el contenido de la leyenda es una imputación de la comisión de varios delitos inexistentes, que atenta contra su reputación, que le ha generado una sensación de injusticia y dolor, ya que se le ha sometido al escrutinio público por conductas graves que no ha cometido. Agrega que desde aquel 14 de septiembre de 2023 y hasta la fecha, la recurrida se ha encargado personalmente de difamarlo con muchas personas, entre ellos profesores, clientes, amigos comunes y conocidos, inclusive extendiendo las acusaciones a su familia y su novia, teniendo que dar explicaciones durante todo este tiempo por su “funa” y sus dichos sobre su persona, con una importante afectación emocional. Relata que él y la r

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el recurso de protección ha sido instituido con el objeto de evitar las posibles consecuencias dañosas derivadas de actos u omisiones ilegales o arbitrarias que produzcan en el afectado una privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de las garantías constitucionales que se protegen con este arbitrio jurisdiccional, a fin de restablecer el imperio del derecho y otorgar la debida protección al ofendido. SEGUNDO: Que el hecho que la recurrente califica de arbitrario e ilegal, lo hace consistir en la publicación por parte de la recurrida, de una historia en la red social Instagram, en virtud de la cual procedió a denostar su honra e imagen, imputándole la comisión de delitos inexistentes. TERCERO: Que, informó la recurrida, en los términos que se consignan en lo expositivo del presente fallo, negando tales hechos respecto de su persona y desconociendo que la cuenta en la red social Instagram a que alude el recurrente sea la suya. CUARTO: Que, en relación al hecho denunciado, se advierte que, de las imágenes insertas en el escrito del recurso, no es posible visualizar la identificación, ya sea mediante el nombre u otro dato que dé cuenta que la publicación cuestionada fuera realizada por la recurrida; de modo que no ha quedado acreditada la actuación ilegal y arbitraria que se le imputa, por consiguiente, el presente recurso debe ser desestimado.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo de Recursos de Protección de Garantías Constitucionales, se rechaza, sin costas, el presentado por Bernardo Acuña Gallegos en contra de Macarena Concha Muñoz. Regístrese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. Redacción de la abogada integrante Laura Silva Uribe. N°Protección-18797-2023.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción rtp Concepción, uno de febrero de dos mil veinticuatro. VISTOS: Comparece Bernardo Acuña Gallegos, con domicilio que indica, quien deduce recurso de protección en contra de Macarena Concha Muñoz, con domicilio que indica. Relata que con fecha 14 de septiembre, a eso de las 21:30 horas, distintas personas le advirtieron que circulaba en la red social Instagram una difamación pú

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