14º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

BANCO INTERNACIONAL/MAQUIMETAL LIMITADA - (LTE) - (CASACION) - VUELVE A TABLA

Rol

Fecha

1 de febrero de 2024

Materia

ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN

Resultado

RECHAZADA (FALLO DEL ACUERDO)

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Hechos

Vistos: En juicio de terminación de contrato de arrendamiento rol N° C-10169-2020 del 14° Juzgado Civil de Santiago, caratulados BANCO INTERNACIONAL/MAQUIMETAL LIMITADA, por sentencia de 19 de diciembre de 2022, el juez titular de dicho tribunal Luis Osvaldo Correa Rojas, acogió la demanda deducida por Banco Internacional declarando terminado el contrato de arrendamiento y condenó a la demandada Maquimetal Limitada a pagar las rentas adeudadas, la cláusula penal pactada, con costas. En contra de esta decisión la demandada dedujo recurso de casación en la forma. Se trajeron los autos en relación.

Fundamentos

Considerando: Primero: Que, el abogado Eugenio Talep Pardo en representación de la parte demandada Maquimetal Limitada deduce recurso de casación en la forma contra la sentencia definitiva de primer grado que acogió la demanda de terminación de contrato de arrendamiento, restitución, y cobro de prestaciones adeudadas, invocando la causal de nulidad prevista en el numeral primero del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil, esto es, incompetencia absoluta del tribunal. Segundo: Que, para justificar el vicio denunciado, aduce que en la cláusula vigesimosegunda de la escritura que sirve de base para este juicio, las partes acordaron someter a arbitraje toda y cualquier duda o dificultad que surja entre ellas con motivo u ocasión de dicho contrato, de su interpretación, cumplimiento, incumplimiento, validez, ejecución, terminación, resolución, nulidad y el cobro de toda suma, multa, indemnización, reembolso o rentas de arrendamiento que deriven del mismo. Añade que, si bien en el numeral cinco de esta misma cláusula se dispuso que, sin perjuicio de lo anterior, las acciones que correspondan al Banco demandante, por la materias antes señaladas podrán ser deducidas ante los tribunales ordinarios de justicia o ante el árbitro, a opción unilateral del Banco, dicha estipulación contendría una condición meramente potestativa, la que de conformidad con lo que dispone el artículo 1478 del Código Civil, resulta ser nula. Tercero: Que, según lo dispuesto en el artículo 1478 del Código Civil, son nulas las obligaciones contraídas bajo una condición potestativa que consista en la mera voluntad de la persona que se obliga. Agrega esta norma que si la condición consiste en un hecho voluntario de cualquiera de las partes, valdrá. Cuarto: Que, a la primera, la doctrina la conoce como condición meramente potestativa, mientras que, la segunda, recibe la denominación de condición simplemente potestativa. La diferencia entre una y otra estriba en que el hecho futuro e incierto de la condición meramente potestativa es que una persona desee o quiera algo; en la condición simplemente potestativa lo futuro e incierto es que la persona realice alguna conducta voluntaria. Quinto: Que, en el caso sub-lite, lo primero que cabe observar es que la opción reconocida al Banco en orden a elegir entre un tribunal ordinario en vez del arbitral, no es propiamente una condición, entendida esta última como un hecho futuro e incierto del cual depende el nacimiento o extinción de una obligación, y además, no depende de su mero arbitrio, pues exige que efectivamente ejecute un acto, como es presentar una demanda en dicha sede, de modo que aun suponiendo que fuese una condición, no se podría calificar como una condición meramente potestativa, sino que simplemente potestativa, motivo bastante y suficiente para concluir que sería perfectamente válida. Sexto: Que, a mayor abundamiento, el legislador no desconoce valor a las condiciones meramente potestativas, sino que a las obligacio

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en el artículo 768 del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el recurso de casación en la forma intentando contra la sentencia de diecinueve de diciembre de dos mil veintidós, en los autos rol N° C-10169-2020 del 14° Juzgado Civil de Santiago, con costas. Regístrese y devuélvase. Redactó la abogado integrante señora Paola Herrera Fuenzalida. Rol N° 2056-2023. Civil. Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora María Loreto Gutiérrez Alvear, conformada por el Ministro señor Alejandro Rivera Muñoz y la Abogada Integrante señora Paola Herrera Fuenzalida.

Texto Completo (Preview)

Santiago, uno de febrero de dos mil veinticuatro. Vistos: En juicio de terminación de contrato de arrendamiento rol N° C-10169-2020 del 14° Juzgado Civil de Santiago, caratulados BANCO INTERNACIONAL/MAQUIMETAL LIMITADA, por sentencia de 19 de diciembre de 2022, el juez titular de dicho tribunal Luis Osvaldo Correa Rojas, acogió la demanda deducida por Banco Internacional declarando terminado el c

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