SIN INFORMACION

OLIVARES / HERESMANN

Rol

Fecha

1 de febrero de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: A folio 1, comparece don Pablo Tello Contreras, abogado, domiciliado en Avenida Libertad 919 oficina 81, Viña del Mar y en Avenida Vitacura 8341 oficina 3, Vitacura, quien comparece en representación de FELIPE AQUILES OLIVARES OSSIO, empresario, del mismo domicilio e interpone el presente recurso en contra de doña ELIZABETH KIM HERESMANN CANDIA, y de don FREDDY ALAM GONZÁLEZ HERESMANN, ambos comerciantes, domiciliados en Manuel Villagra 171, Forestal, Comuna de Viña del Mar. Señala que los recurridos, son madre y hermano respectivamente de doña Valentina González Heresmann, quien fallece dentro de una de las habitaciones del Motel El Duende, ubicado en Sector Punta Piedra de Mantagua, Comuna de Quintero; toda vez que sufre una muerte accidental como ha sido calificada por el propio Ministerio Público, ya casi cumplido un año de investigación, y teniendo el recurrente calidad de testigo. Indica que lamentablemente para la familia, amigos y demás personas involucradas en las circunstancias, se transformó en un caso mediático, habiendo el actor prestado declaración y entregado todos los antecedentes de los hechos ocurridos, y siendo consecuentes las entidades a cargo de la investigación. Expresa que en el segundo capítulo del programa “Enigma”, de TVN, llevando a la pantalla el fallecimiento de Valentina González, se entrevistó incluso al Fiscal a cargo de la investigación, quien fue tajante en indicar que los tres jóvenes que estuvieron eses día en la habitación con doña Valentina, solo tenían la calidad de testigos en la investigación, no siendo la muerte atribuible a la intervención de terceros. Señala que el actor no se encuentra imputado siquiera en la investigación que se sigue, sin embargo los recurridos, mediante el empleo de redes sociales, precisamente de la red social Instagram, en una cuenta que se singulariza como “valentinaheresmann_”; pero que es operada por los recurridos, quienes desde hace unos días atrás, han empezado a realizar abiertame

Fundamentos

motivos que ha fundamentado para efectos de fundamentar el alzamiento de medidas cautelares ordenadas en procesos judiciales que pesan sobre el recurrente por delitos de otra índole, sin existir relación directa con la muerte de Valentina González ni con la supuesta presión mediática. Dichas afectaciones a la salud mental del actor, fueron incluso aportadas por la defensa del recurrente en proceso ante esta misma Ilustrísima Corte, en acción de recurso de apelación a la resolución que decretó su prisión preventiva N°Penal-977-2023, de fecha 27 de abril de 2023, es decir antes de los supuestas publicaciones en red social que incitaban al odio. Señala que la situación de hechos que da origen al recurso se ha subsanado, por la naturaleza del medio empleado, debido a que las publicaciones de las historias de Instagram son de esencia temporal 24 horas, razón por la que no existe privación, perturbación o amenaza al derecho a la honra del actor, perdiendo oportunidad, aunado a que las publicaciones sobre las que versan el recurso fueron realizadas en grupos cerrados y eliminadas automáticamente. Expresa que las imputaciones que formula el recurso son ajenas a la naturaleza de esta acción, de manera tal que el recurso igualmente habría perdido oportunidad, sin que resulte posible atender una petición de prohibir publicaciones futuras, desde que ello redundaría en una censura previa. En cuanto a la condena en costas solicitadas, el actor las funda en una supuesta audiencia obtenida, y al hecho que sus representados habrían merodeado una clínica estética de titularidad del recurrente, hecho que no es pertinente al recurso, pues no existe clínica estética de titularidad del actor, ni situaciones en que los recurridos hayan merodeado la referida clínica estética, aunado a afirmar que las publicaciones en las que funda el recurso según sus dichos se mantendrían publicadas en la red social , en circunstancias que por su naturaleza temporal ya fueron suprimidas automáticamente, sin existir fundamento para condenar en costas a los recurridos. Pide se rechace el recurso deducido. Acompaña documentos. A folio 16, se trajeron los autos en relación. Con lo relacionado y considerando: I. - En cuanto a la alegación de extemporaneidad: Primero: Que, dicha alegación será desestimada por cuanto de los hechos relatados en el recurso y del pantallazo que se adjunta al libelo, de fecha 27 de julio, y habiendo sido interpuesto el presente arbitrio con fecha 1° de agosto del año recién pasado, lo ha sido dentro del plazo establecido en el Auto Acordado de la materia. II. - En cuanto al fondo: Segundo: Que, por la presente vía cautelar, el actor solicita que se ordene a los recurridos eliminar todo contenido publicado en la red social Instagram difamatoria en su contra, que se abstengan de divulgar datos personales tal como nombre, domicilio, lugares de trabajo, fotografías y registros audiovisuales del recurrente; se eliminen de sus banner o plataformas virtuales, t

Fallo

Por estas consideraciones y lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido por Felipe Aquiles Olivares Ossio, en contra de Elizabeth Kim Heresmann Candia y de Freddy Alam González Heresmann. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Sujeta a anonimización. N°Protección-21187-2023. En Valparaíso, uno de febrero de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

Foja: 0 Cero C.A. de Valparaíso Valparaíso, uno de febrero de dos mil veinticuatro. Vistos: A folio 1, comparece don Pablo Tello Contreras, abogado, domiciliado en Avenida Libertad 919 oficina 81, Viña del Mar y en Avenida Vitacura 8341 oficina 3, Vitacura, quien comparece en representación de FELIPE AQUILES OLIVARES OSSIO, empresario, del mismo domicilio e interpone el presente recurso en contra

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica