BANCO SANTANDER - CHILE/SALGADO
Rol
Fecha
1 de febrero de 2024
Materia
OBLIGACIÓN DE DAR, CUMPLIMIENTO
Resultado
RECHAZA CASACIÓN-CONFIRMA SENT
Hechos
Visto: Que con fecha siete de septiembre de dos mil veintidós, el ejecutado interpuso recurso de casación en la forma en contra de la sentencia definitiva de diecinueve de agosto de dos mil veintidós, por la causal establecida en el numeral 5 del artículo 768 en relación con el artículo 170 número 3, ambos del Código de Procedimiento Civil, referida a que el Tribunal A Quo no se habría pronunciado sobre todas las alegaciones efectuadas. Con lo relacionado y
Fundamentos
considerando: Que del mérito de la sentencia definitiva aparece que el vicio invocado no se condice con los hechos en que se funda, toda vez que se alude a la dictación de resoluciones que adquirieron el carácter de firme o ejecutoriada, relativas al incidente de nulidad por falta de emplazamiento impetrado y a la resolución que recibió la mentada incidencia a prueba. Del mismo modo, se refirió a la interlocutoria de prueba dictada por el tribunal sobre la cuestión principal, también firme. Expuso el recurrente que el
Fallo
fallo debió incorporar en su texto aquellas circunstancias descritas precedentemente, configurando aquellas el vicio de casación, el que a todas luces no concurre, toda vez que la sentencia definitiva debe resolver las cuestiones sometidas a su conocimiento, no siendo exigible al sentenciador referirse a alegaciones resueltas, que producen cosa juzgada, motivo que conducirá al rechazo del recurso. Y visto además lo dispuesto en el artículo 768 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el recurso de casación en la forma deducido por el ejecutado Héctor Carvajal Bernal en contra de la sentencia definitiva de diecinueve de agosto de dos mil veintidós, la que no es nula. II.- En cuanto al recurso de apelación: Visto: Atendido lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia definitiva apelada dictada en los autos ROL C-127-2020 del Tercer Juzgado Civil de Valparaíso con fecha diecinueve de agosto de dos mil veintidós. Regístrese, notifíquese y devuélvase junto con su custodia, vía interconexión. N°Civil-2584-2022. No sujeta a anonimización. En Valparaíso, uno de febrero de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
edp C.A. de Valparaíso Valparaíso, uno de febrero de dos mil veinticuatro. I.- En cuanto al recurso de Casación en la Forma: Visto: Que con fecha siete de septiembre de dos mil veintidós, el ejecutado interpuso recurso de casación en la forma en contra de la sentencia definitiva de diecinueve de agosto de dos mil veintidós, por la causal establecida en el numeral 5 del artículo 768 en relación con
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica