MINISTERIO PUBLICO FISCALIA LOCAL C/ DILAN ALEJANDRO TAPIA TAPIA
Rol
Fecha
1 de febrero de 2024
Materia
ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y oídos: Atendido el mérito de autos, lo expuesto por los intervinientes en audiencia, teniendo presente que los antecedentes hasta ahora reunidos permiten justificar la existencia de un hecho que tiene carácter de delito, que reúne las características del tipo penal del artículo 436 del Código Penal, por el cual fue formalizado el imputado, y que además justifican su participación en el mismo, por lo cual
Fundamentos
considerando la gravedad de la pena asignada al delito, que hayan sido dos los partícipes y la existencia de las lesiones sufridas por la víctima, SE CONFIRMA la resolución apelada de fecha veinticinco de enero de dos mil veinticuatro dictada por el Juzgado de Garantía de Pucón, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto de DILAN ALEJANDRO TAPIA TAPIA, por estimar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Agréguese lo resuelto a la carpeta digital y comuníquese por la vía más expedita. N°Penal-177-2024.(ela)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, uno de febrero de dos mil veinticuatro. Al escrito de folio 4, a lo principal y otrosí: téngase presente. Al escrito de folio 5, a lo principal y otrosí: téngase presente. Vistos y oídos: Atendido el mérito de autos, lo expuesto por los intervinientes en audiencia, teniendo presente que los antecedentes hasta ahora reunidos permiten justificar la existencia de un hecho qu
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