SIN INFORMACION

MALISSOL PIERRE/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

1 de febrero de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que Tomás Guillermo Matheson Mujica, abogado, interpone acción constitucional de amparo en favor de la ciudadana haitiana, Malissol Pierre, cédula de identidad Nº26.544.774-0, domiciliada en Elías Fernandez Albano Nº7955, comuna de San Ramón, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por Luis Thayer Correa, domiciliados en San Antonio N°580, comuna de Santiago, por el acto ilegal y arbitrario consistente en omitir poner a su disposición la solicitud de ampliación de la residencia definitiva en trámite, perturbando y amenazando el legítimo ejercicio de su libertad ambulatoria asegurada en el numeral 7° del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Expresa que el recurrente solicitó la residencia definitiva el 12 de mayo de 2023, y que a pesar de haber solicitado la ampliación de su solicitud de residencia definitiva no ha sido posible obtener dicho documento, ya que el mismo no se encuentra disponible en el sitio web del servicio recurrido. Indica que no habiendo sido notificado de resolución de término de su solicitud, entiende que la misma se mantiene en tramitación, sin embargo en atención a la falta de un documento que acredite tal circunstancia se ve impedido de salir y retornar del país, al ser un documento exigido para tales efectos por el artículo 38 de la Ley N°21.325. Solicita acoger el recurso y ordenar el servicio recurrido posibilitar la obtención del certificado de ampliación de solicitud de residencia definitiva en trámite dentro del más breve plazo. Segundo: Que informa la Prefectura de Migraciones de la Policía de Investigaciones de Chile, e indica que el recurrente registra como último movimiento migratorio su ingreso al territorio nacional el 7 de diciembre de 2017, proveniente de Haití, y que no registra ordenes de aprehensión, arrestos o arraigos en su contra. Tercero: Que informa al tenor de recurso el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo del recurso

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto, además, en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Malissol Pierre, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°66-2024 Amparo.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, uno de febrero de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que Tomás Guillermo Matheson Mujica, abogado, interpone acción constitucional de amparo en favor de la ciudadana haitiana, Malissol Pierre, cédula de identidad Nº26.544.774-0, domiciliada en Elías Fernandez Albano Nº7955, comuna de San Ramón, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por L

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