13º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

MP C/ JOSE MANUEL SALAZAR HENRIQUEZ

Rol

Fecha

1 de febrero de 2024

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Visto y oídos los intervinientes: Primero: Que tratándose de la revisión de una medida cautelar, resultaba procedente que se alegara por parte de la defensa del imputado, la existencia de nuevos antecedentes que permitieran modificar la medida cautelar de prisión preventiva, que había sido decretada en su oportunidad en esta causa. Segundo: Que la tesis de la defensa para solicitar la revocación de la medida cautelar personal, se funda en el cuestionamiento de la participación del encartado en los hechos formalizados, en especial, que solo sería un comprador de sustancias estupefacientes, indicando además que tendría un domicilio distinto a aquel donde se encontró la droga; lo que configura una alegación de fondo que deberá ser resuelta en su oportunidad en el juicio contradictorio, y que, además, en el actual estado del proceso no se encuentra acreditada. Por ende, tales alegaciones, las que no constituyen nuevos antecedentes, no permiten además desvirtuar, en este estadio procesal, los presupuestos de la letra b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, atendido los antecedentes que obran en la causa, en particular la cantidad y naturaleza de la droga incautada –casi dos kilos de clorhidrato de cocaína y marihuana-, afectando considerablemente el bien jurídico protegido de la salud pública; y antecedentes vertidos en la vista de la causa; y

Fundamentos

considerando la naturaleza, y gravedad del ilícito, por el cual se encuentra formalizado el imputado, y pena asignada al mismo, resulta bastante para estimar que existen motivos calificados, para establecer que no han variado los antecedentes que permiten establecer que la libertad de José Manuel Salazar Henríquez constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Por estos fundamentos y lo dispuesto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, se confirma, la resolución apelada de veinticuatro de enero de dos mil veinticuatro, dictada por el 13° Juzgado de Garantía de Santiago, que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva decretada en contra del imputado José Manuel Salazar Henríquez. Comuníquese por la vía más rápida. Devuélvase la competencia. Penal N° 507 – 2024.- Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.

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CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, uno de febrero de dos mil veinticuatro. Sala: Sexta Rol Corte: Penal-507-2024 Ruc: 2300849231-K Rit : O-4000-2023 Juzgado: 13º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: los Ministros señor Jose P. Rodriguez Moreno, señora Inelie Durán Madina y el Abogado Integrante señor Sebastian Ramón Hamel Rivas Relator: Natalia Álvarez Digitador (a): Carolina Hermosi

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