LABBÉ/SUPERINTENDENCIA DE CASINOS DE JUEGO
Rol
Fecha
1 de febrero de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: Primero: Con fecha 1 de noviembre de 2023 comparece Juan Antonio Castillo Saavedra, abogado, quien interpone recurso de protección en favor de David Abraham Labbé Otárola y en contra de la Contraloría General de La República, representada por Jorge Andrés Bermúdez Soto, y en contra de la Superintendencia de Casinos de Juegos, representada por Vivien Vilagrán Acuña. Señala que el recurrente fue designado como funcionario a contrata grado 11 de la escala de fiscalizadores de la Superintendencia mediante la Resolución Exenta TRA N°887/3/2015 de fecha 12 de enero de 2015, la cual fue prorrogada año a año a partir del 2016 en grado 10° y hasta el 2021, razón por la que gozaba de confianza legítima de su renovación para el año 2022, lo que fue declarado por la misma Superintendencia al momento de informar a Contraloría General de la República, en el Oficio Ordinario N° 117 / 2022 Santiago, 20/01/2022 EXP-30179-2021. Indica que por Resolución RA Nº 887/87/2021 de la Superintendencia de Casinos de Juegos, se dispuso no prorrogar o renovar su designación a contrata para el año 2022, la que fue complementada por la Resolución N°700 de fecha 30 de noviembre de 2021, en contra de la cual reclamó ante la Contraloría General de la República que dictó la Resolución Exenta Nº 8608 de 28 de septiembre de 2023, rechazando su reclamo. Explica que la justificación de dicha decisión se amparó en el dictamen NºE156769 de 17 de noviembre de 2021 de Contraloría General de la República, el cual permite prescindir del vínculo con un funcionario cuando, entre otros, concurra: - “La modificación de las funciones del órgano y/o su reestructuración, que hagan innecesarios los servicios del empleado o requieran que este desarrolle funciones diversas a las desempeñadas, o por un lapso inferior al año calendario.”; y, - “La supresión o modificación de planes, programas o similares, o una alteración de su prioridad, que determinen que las labores del funcionario ya no sean necesarias o dejen de serlo antes de completarse el año siguiente.” Precisa que luego del otorgamiento y renovación de 14 permisos de operación de casinos de juego, lo que ocurriría el año 2022, se debía efectuar un seguimiento de la ejecución de las obras comprendidas en el proyecto autorizado, debiendo la Superintendencia efectuar una modificación de sus planes y programas de acción debido a la alteración de sus prioridades, lo que se expresa en la necesidad de fortalecer la División de Autorizaciones de esa repartición mediante la contratación de un/a profesional arquitecto/a que participe en el análisis de las ofertas y efectúe el seguimiento de la ejecución de las obras que se desarrollen en cumplimiento de los permisos autorizados. Por otra parte, se requirió fortalecer la Unidad de Gestión Estratégica y Clientes de la Superintendencia mediante la contratación de un/a profesional psicólogo/a para desarrollar las políticas, planes y programas para prevenir y combatir la ludopatía y promove
Fallo
Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 19 y 20, ambos de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección, se rechaza el recurso de protección constitucional deducido a favor de Juan Antonio Castillo Saavedra, y en contra de la Contraloría General de la República, representada por Jorge Andrés Bermúdez Soto, y de la Superintendencia de Casinos de Juegos, representada por Vivien Vilagrán Acuña. Acordada con el voto en contra del ministro suplente Matías de la Noi Merino, quien estuvo por acoger la presente acción cautelar teniendo para ello en consideración, en primer lugar, que la acción ha sido ejercida oportunamente, en tanto la Resolución Exenta 8608 de 2023, de 28 de septiembre del mismo año, emanada de la Contraloría General de la República –uno de los actos recurridos que debe ser considerado terminal-, le fue notificada por correo certificado el día 11 de octubre de 2023, condiciones en las cuales, habiéndose presentado el recurso de protección el día 1 de noviembre del mismo año, esto es, dentro del plazo de 30 días previsto en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, la alegación de extemporaneidad del mismo no puede prosperar. En segundo lugar, por cuanto ambas recurridas, al haber dictado los actos que el impugnante considera arbitrarios e ilegales, son legitimadas pasivas de la presente acción. Y, en tercer lugar, debido a
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C.A. de Santiago Santiago, uno de febrero de dos mil veinticuatro. Vistos y considerando: Primero: Con fecha 1 de noviembre de 2023 comparece Juan Antonio Castillo Saavedra, abogado, quien interpone recurso de protección en favor de David Abraham Labbé Otárola y en contra de la Contraloría General de La República, representada por Jorge Andrés Bermúdez Soto, y en contra de la Superintendencia de
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