CÉSPEDES/
Rol
Fecha
1 de febrero de 2024
Materia
BIENES RAÍCES, AUTORIZACIÓN ENAJENAR
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
VISTO: Siendo la resolución en alzada una sentencia interlocutoria, no susceptible del recurso de reposición; careciendo la apelación en alzada de
Fundamentos
fundamentos de hecho y de derecho propios, incumpliendo la exigencia del artículo 189 del Código de Procedimiento Civil, y conforme, además, con lo dispuesto en los artículos 201 y 213 del mismo cuerpo legal,
Fallo
se declara INADMISIBLE el deducido por el abogado don Dante Rossi Pizarro, en representación de la demandante, en contra de la resolución de diecisiete de enero pasado. Resolviendo presentación de Folio N° 4: Estese a lo resuelto. Devuélvase. Rol N° 61-2024 Civil. /ccg
Texto Completo (Preview)
Iquique, uno de febrero de dos mil veinticuatro. VISTO: Siendo la resolución en alzada una sentencia interlocutoria, no susceptible del recurso de reposición; careciendo la apelación en alzada de fundamentos de hecho y de derecho propios, incumpliendo la exigencia del artículo 189 del Código de Procedimiento Civil, y conforme, además, con lo dispuesto en los artículos 201 y 213 del mismo cuerpo le
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