MP C/ MATIAS ALEJANDRO SAAVEDRA HUERTA
Rol
Fecha
1 de febrero de 2024
Materia
MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Visto y oídos los intervinientes: Que los antecedentes agregados a los autos dan cuenta de que existe únicamente peligro de fuga, mas no para la seguridad de la sociedad, atendido que el imputado goza de irreprochable conducta anterior, de manera que solamente cabe decretar aquella medida por ese motivo. Por estas consideraciones y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de veinticuatro de enero de dos mil veinticuatro, dictada por el Juzgado de Garantía de San Antonio, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva del imputado Matías Alejandro Saavedra Huerta, únicamente en cuanto aquella se dispuso por peligro de fuga. Acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Pablo Droppelmann Cuneo, quien fue de opinión de revocar la resolución en alzada, por estimar que una o más de las medidas del artículo 155 del Código Procesal Penal son suficientes para asegurar los fines del procedimiento, atendida la irreprochable conducta del imputado. Devuélvase y comuníquese por la vía más expedita. N°Penal-241-2024. –
Fallo
Por estas consideraciones y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de veinticuatro de enero de dos mil veinticuatro, dictada por el Juzgado de Garantía de San Antonio, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva del imputado Matías Alejandro Saavedra Huerta, únicamente en cuanto aquella se dispuso por peligro de fuga. Acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Pablo Droppelmann Cuneo, quien fue de opinión de revocar la resolución en alzada, por estimar que una o más de las medidas del artículo 155 del Código Procesal Penal son suficientes para asegurar los fines del procedimiento, atendida la irreprochable conducta del imputado. Devuélvase y comuníquese por la vía más expedita. N°Penal-241-2024. –
Texto Completo (Preview)
Jbl C.A. de Valparaíso ACTA DE AUDIENCIA Audiencia realizada en Valparaíso, a uno de febrero de dos mil veinticuatro, a las 09:57 horas, ante la Cuarta Sala de esta Corte de Apelaciones de Valparaíso presidida por el Ministro Sr. Jaime Arancibia Pinto e integrada, además, por el Ministro Sr. Pablo Droppelmann Cuneo y el Abogado Integrante Sr. Enrique Letelier Loyola, para la vista del recurso de a
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica