28º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

MUNICIPALIDAD DE LAS CONDES/FUTURE INVESTMENTS SA (LTE)

Rol

Fecha

31 de enero de 2024

Materia

OBLIGACIÓN DE DAR, CUMPLIMIENTO

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos y teniendo únicamente presente: 1°) Que es demandada en estos autos la persona jurídica Future Investment S.A., que de acuerdo a lo establecido en la ley Nro. 18.046, en sus artículos 31 y siguientes, actúa en la vida jurídica a través de sus representantes legales. 2°) Que en este caso ha sido notificado y requerido de pago don José Ricardo Mendoza Vivanco, quien ha demostrado con la escritura pública de 21 de enero de 2016, que se lee en folio 10 del cuaderno de apremio, que ha renunciado con esa fecha a esa responsabilidad y facultad legal. Asimismo, aparece de la escritura pública de 27 de enero de 2020, que el actual represente legal de la sociedad enjuiciada es Edmundo González Corssen. 3°) Que, en definitiva, la ejecución sostenida sobre la base de una notificación a persona equivocada, se ha tornado en un vicio de suficiente entidad como para anular lo obrado por falta de emplazamiento. Por estas consideraciones y lo establecido en el artículo 83 y 171 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución de diecisiete de agosto de dos mil veintitrés y en su lugar se acoge el incidente de nulidad y se anula lo obrado al estado procesal de proceder a una nueva notificación y requerimiento de pago. Devuélvase. Rol Civil N°18.326-2023.- No firma el abogado integrante señor Joel González Castillo, no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo del fallo, por ausencia.

Fallo

Por estas consideraciones y lo establecido en el artículo 83 y 171 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución de diecisiete de agosto de dos mil veintitrés y en su lugar se acoge el incidente de nulidad y se anula lo obrado al estado procesal de proceder a una nueva notificación y requerimiento de pago. Devuélvase. Rol Civil N°18.326-2023.- No firma el abogado integrante señor Joel González Castillo, no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo del fallo, por ausencia.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, a treinta y uno de enero de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo únicamente presente: 1°) Que es demandada en estos autos la persona jurídica Future Investment S.A., que de acuerdo a lo establecido en la ley Nro. 18.046, en sus artículos 31 y siguientes, actúa en la vida jurídica a través de sus representantes legales. 2°) Que en este caso ha sido notificado y reque

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