/GENDARMERIA DE CHILE C.P VALDIVIA
Rol
Fecha
31 de enero de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
hechos denunciados serán revisados a través de la llamada cautela de garantías, que es el medio contemplado por la ley penal para conocer y resolver la eventual vulneración de garantías de la población penal. Por estas consideraciones, las disposiciones citadas y lo dispuesto en los artículos 19 y 21 de la Constitución Política de la República se rechaza la acción deducida por el abogado Eduardo Rivera Plummer en favor de Patricio Albornoz González en contra de Gendarmería de Chile. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-26-2024.
Fallo
por tanto dicha medida arbitraria e ilegal, manteniéndolo privado a su derecho a visitas y venusterio Agrega que además del presente recurso dedujo recurso de amparo del artículo 95 en autos causa rit O-7057-2023 del Juzgado de Garantía de Valdivia y O-6640-2023 del Juzgado de Garantía de Concepción. Que a fojas 9 se prescindió del informe de la recurrida. Se ordenó traer los autos en relación. Con lo relacionado y teniendo presente. Primero: Que, el recurso de amparo tiene por objeto que todo individuo que se hallare arrestado, detenido o preso con infracción de lo dispuesto en la Constitución o en las leyes pueda ocurrir a la magistratura a fin de que ésta ordene se guarden las formalidades legales y se adopten de inmediato las providencias que se juzguen necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. El mismo recurso, y en igual forma, puede ser deducido en favor de toda persona que ilegalmente sufra cualquiera otra privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad individual. Segundo: Que, quien ha recurrido de amparo ha sostenido que el interno Patricio Albornoz González se encuentra cumpliendo condena en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Valdivia; y en tales circunstancias, se mantiene en el módulo de máxima seguridad. Tercero. Que, el artículo 6 N°12 del Decreto Ley No2.859 del Ministerio de Justicia que fija la Ley Orgánica de Gendarmería de Chile, atribuye como obligacio
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valdivia Valdivia, treinta y uno de enero de dos mil veinticuatro. Vistos, Comparece el abogado Eduardo Rivera Plummer en favor de don Patricio Albornoz González, cédula nacional de identidad nro.17.607.572-4, quien se encuentra recluido en el Complejo Penitenciario de Valdivia, solicitando que se retire del módulo de máxima seguridad en el que se encuentra actualmente. Expone que su rep
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