SIN INFORMACION

BURGA/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

31 de enero de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente que: Primero. David Alberto Burga Castañeda, ecuatoriano, domiciliado en la comuna de Valdivia, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, que habría vulnerado su derecho a la libertad de residir y permanecer en cualquier lugar de la República reconocido en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política. Sostiene que postuló se le otorgó residencia temporal en diciembre de 2022 y aún no está disponible para descargar su certificado electrónico de residente, lo que le permitirá, entre otras cosas, poder salir y entrar del país y demostrar su situación regular en el país frente a terceros. Segundo. Informó el Servicio Nacional de Migraciones, alegando, en primer lugar, la improcedencia del recurso intentado, sosteniendo que el amparo no es la vía para acelerar trámites administrativos ante la autoridad y que la falta de emisión del certificado no importa una vulneración a las garantías consagradas en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política, en los términos que exige el artículo 21 de la Carta Fundamental. Agregó que el recurrente cuenta con un permiso de residencia otorgado el cual no materializó. Para reactivar el proceso y obtener el estampado electrónico correspondiente, debe ingresar con su cuenta del Servicio Nacional de Migraciones o con su clave única a la página https://tramites.extranjeria.gob.cl/ y seleccionar el trámite -Ratificación de Residencia Temporal Otorgada-. Una vez que sea resuelta su solicitud, se notificará al correo electrónico. Por último, señala que no existe decreto o resolución que aplique alguna sanción administrativa que amenace, prive o perturbe la libertad personal o seguridad individual del amparado. Tercero. El recurrente funda su petición en la supuesta omisión por la recurrida de su obligación de emitir el certificado de recepción a trámite de una solicitud de residencia definitiva que afirma haber realizado. Cuarto. La acción constitucional de amparo busca la intervención cautelar urgente de u

Fallo

Por estas consideraciones y vistos, además, lo establecido en el artículo 19 N°7 y Nº21 de la Constitución Política de la República, se RECHAZA el recurso de amparo deducido en favor de David Alberto Burga Castañeda, ecuatoriano. Regístrese digitalmente, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-29-2024. En Valdivia, treinta y uno de enero de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

Foja: 0 Cero C.A. de Valdivia Valdivia, treinta y uno de enero de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente que: Primero. David Alberto Burga Castañeda, ecuatoriano, domiciliado en la comuna de Valdivia, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, que habría vulnerado su derecho a la libertad de residir y permanecer en cualquier lugar de la República reconocido en el artículo 19 N°7 de

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