MP. C/ MAIKEL EDUARDO RAMÍREZ MIRANDA.
Rol
Fecha
31 de enero de 2024
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 N°3.
Resultado
DIRIMIDA
Hechos
Vistos: 1° Que conforme a la descripción de los hechos que contiene la querella, el principio de ejecución de los delitos que se investigan –relacionados entre sí- se encuentra en la jurisdicción del Tribunal de Garantía de Puente Alto; 2° Que la discusión sobre la prescripción de algunas de las conductas constitutivas de delito es algo eventual que aún no es materia de resolución en esta causa, y que deberá resolverse en el estadio procesal respectivo. Y atendido el mérito de los antecedentes, y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 157 y 190 del Código Orgánico de Tribunales, se dirime la contienda de competencia y se declara que el Juzgado de Garantía de Puente Alto es el tribunal competente para continuar con la tramitación de esta causa. Comuníquese lo resuelto al Juzgado de Garantía de Puente Alto. Devuélvase vía interconexión. Rol N°34-2024-PENAL
Fallo
se declara que el Juzgado de Garantía de Puente Alto es el tribunal competente para continuar con la tramitación de esta causa. Comuníquese lo resuelto al Juzgado de Garantía de Puente Alto. Devuélvase vía interconexión. Rol N°34-2024-PENAL
Texto Completo (Preview)
San Miguel, treinta y uno de enero de dos mil veinticuatro. Sala: Primera Rol Corte: 34-2024-PENAL Ruc: 2310031097-K Rit: 5038-2023 JUZGADO DE GARANTÍA DE PUENTE ALTO Ministro de fe: Andrea Román Bravo. Defensor: Pedro Narváez Candias Imputado: MAIKEL EDUARDO RAMIREZ MIRANDA Tipo de Recurso: Contienda competencia Escritos proveídos en audiencia: folios 10 y 11 San Miguel, treinta y uno de enero
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