29º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

SCOTIABANK CHILE S. A./OLAVE

Rol

Fecha

14 de febrero de 2024

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que las resoluciones que disponen la práctica de alguna diligencia probatoria son inapelables de conformidad con lo establecido en el inciso 2° del artículo 326 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual, el presente recurso no puede ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 213 del citado Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación, interpuesto por la parte demandante con fecha nueve de enero pasado, en contra de la resolución dictada con fecha ocho de enero de dos mil veinticuatro. Comuníquese. N°Civil-787-2024.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 213 del citado Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación, interpuesto por la parte demandante con fecha nueve de enero pasado, en contra de la resolución dictada con fecha ocho de enero de dos mil veinticuatro. Comuníquese. N°Civil-787-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago (imm) Santiago, catorce de febrero de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Que las resoluciones que disponen la práctica de alguna diligencia probatoria son inapelables de conformidad con lo establecido en el inciso 2° del artículo 326 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual, el presente recurso no puede ser admitido a tramitación. Por estas consideraci

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