C/ CARLOS MAURICIO VAQUERIZAS FOSTER
Rol
Fecha
31 de enero de 2024
Materia
MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO: En estos autos RIT 341-2022 Ruc 2000374242-4 del Cuarto Tribunal Oral en lo Penal de esta ciudad, por sentencia de veintiocho de noviembre del año dos mil veintitrés, se condenó a Carlos Mauricio Vaquerizas Foster, a la pena de la pena de TRES AÑOS Y UN DÍA de presidio menor en su grado máximo, más la pena de CUATRO unidades tributarias mensuales y a las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y de la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, como autor del delito de tráfico ilícito de drogas o sustancias estupefacientes o psicotrópicas, en grado de consumado, previsto en el artículo 4° en relación al artículo 1° de la Ley 20.000, cometido el día el día 08 de abril de 2020, en la comuna de Santiago. Por no reunirse los requisitos previstos en la ley N° 18.216, la pena deberá ser cumplida efectivamente privado de libertad, sin que tenga abonos a su favor. En contra de este fallo la defensa penal privada del condenado, Reynerio García de la Pastora Zavala, dedujo recurso de nulidad fundado en la causal de la letra e) del artículo 374 del Código Procesal Penal, en relación con los artículos 342 letra c) y 297 del mimo código. Esta Corte escuchó al apoderado del recurrente y a un representante del Ministerio Público y fijó audiencia para hoy con el objeto de dar lectura a la parte resolutiva de esta sentencia.
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1°.- Que la defensa del acusado sostiene que el
Fallo
fallo la defensa penal privada del condenado, Reynerio García de la Pastora Zavala, dedujo recurso de nulidad fundado en la causal de la letra e) del artículo 374 del Código Procesal Penal, en relación con los artículos 342 letra c) y 297 del mimo código. Esta Corte escuchó al apoderado del recurrente y a un representante del Ministerio Público y fijó audiencia para hoy con el objeto de dar lectura a la parte resolutiva de esta sentencia. CONSIDERANDO: 1°.- Que la defensa del acusado sostiene que el fallo infringió los principios de la lógica al dar por establecido la existencia del delito de tráfico de drogas, sin cumplir a cabalidad con los requisitos que impone la letra c) del artículo 342 del Código Procesal Penal en relación al artículo 297 del mismo código. En efecto, sostiene que la conclusión condenatoria contradice los principios de la lógica, toda vez que el tribunal desechó la prueba de descargo que avalaba la teoría de la defensa, que la droga encontrada era para su consumo personal y próximo en el tiempo. Sostiene la defensa que las probanzas del Ministerio Público en especial los testimonios de los funcionarios de Carabineros que hacían patrullaje en inmediaciones de la Cárcel Santiago 1 que refieren que se les informó que un vehículo evadió un control policial por lo que procedieron a fiscalizarlo y el conductor no portaba identificación personal ni del vehículo. Al ser revisado tanto al acusado como al automóvil se le encontró la droga, elementos asociados
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, treinta y uno de enero de dos mil veinticuatro. VISTO: En estos autos RIT 341-2022 Ruc 2000374242-4 del Cuarto Tribunal Oral en lo Penal de esta ciudad, por sentencia de veintiocho de noviembre del año dos mil veintitrés, se condenó a Carlos Mauricio Vaquerizas Foster, a la pena de la pena de TRES AÑOS Y UN DÍA de presidio menor en su grado máximo, más la pena de CUATRO
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