OLIVARES COLLAO, NONNATO/VILLALOBOS VICENCIO, MOISES
Rol
Fecha
31 de enero de 2024
Materia
ARRENDAMIENTO, PREDIOS RÚSTICOS
Resultado
RECHAZA CASACIÓN-CONFIRMA SENT
Hechos
VISTO: Que, por sentencia de veinte de marzo dos mil veintitrés, dictada por la jueza suplente del Juzgado de Letras y Garantía de Combarbalá, doña Doris del Carmen Molina Palma, se acogió, parcialmente, la demanda principal solo en cuanto se declara terminado el contrato de arrendamiento de predio rústico celebrado entre las partes y se ordena la restitución del bien arrendado, así como el retiro de cualquier mejora o construcción introducida en este, y que se rechaza la demanda reconvencional de inoponibilidad e indemnización de perjuicios, con costas. Que, la parte demandada, don Moises Isaias Villalobos Vicencio, representado por su apoderado y abogado Sergio Peralta Morales, se alzó ante esta Corte en contra de la decisión contenida en la sentencia referida, deduciendo recurso de casación en la forma, de conformidad con las causales previstas en los numerales 4, 5 y 7, solicitando que “se anule la sentencia de primera instancia dictada el 20 de marzo del año 2023 dictada por DORIS MOLINA PALMA, Jueza Suplente del Juzgado de Letras y Garantía de Combarbalá y dicte previa vista una sentencia de remplazo de la anulada conforme al mérito del recurso rechazando la demanda con costas”.(sic). Acto seguido, en el mismo escrito, interpone recurso de apelación en el que solicita que esta Corte revoque la sentencia y decida -entre otras- que se “rechaza la demanda en todas sus partes y se rechaza la pretensión de resolución del contrato de arrendamiento celebrado entre las partes.” (sic). Se trajeron los autos en relación. I.- En cuanto al recurso de casación en la forma: OÍDOS LOS INTERVINIENTES Y
Fundamentos
CONSIDERANDO 1º Que, se ha deducido por la demandada recurso de casación en la forma en contra de la sentencia definitiva de veinte de marzo de dos mil veintitrés, que acoge la demanda principal solo en cuanto
Fallo
se declara terminado el contrato de arrendamiento de predio rústico celebrado entre las partes y se ordena la restitución del bien arrendado, así como el retiro de cualquier mejora o construcción introducida en este, y que se rechaza la demanda reconvencional de inoponibilidad e indemnización de perjuicios, con costas. Que, la parte demandada, don Moises Isaias Villalobos Vicencio, representado por su apoderado y abogado Sergio Peralta Morales, se alzó ante esta Corte en contra de la decisión contenida en la sentencia referida, deduciendo recurso de casación en la forma, de conformidad con las causales previstas en los numerales 4, 5 y 7, solicitando que “se anule la sentencia de primera instancia dictada el 20 de marzo del año 2023 dictada por DORIS MOLINA PALMA, Jueza Suplente del Juzgado de Letras y Garantía de Combarbalá y dicte previa vista una sentencia de remplazo de la anulada conforme al mérito del recurso rechazando la demanda con costas”.(sic). Acto seguido, en el mismo escrito, interpone recurso de apelación en el que solicita que esta Corte revoque la sentencia y decida -entre otras- que se “rechaza la demanda en todas sus partes y se rechaza la pretensión de resolución del contrato de arrendamiento celebrado entre las partes.” (sic). Se trajeron los autos en relación. I.- En cuanto al recurso de casación en la forma: OÍDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO 1º Que, se ha deducido por la demandada recurso de casación en la forma en contra de la sentencia defini
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Olivares Collao, Nonnato Villalobos Vicencio, Moises Terminación Contrato de arrendamiento predio rústico Rol I.C. Nº541-2023 (Rol C-75-2021 del Juzgado de Letras y Garantía de Combarbalá) La Serena, a treinta y uno de enero de dos mil veinticuatro. VISTO: Que, por sentencia de veinte de marzo dos mil veintitrés, dictada por la jueza suplente del Juzgado de Letras y Garantía de Combarbalá, doña D
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