JUZGADO DE GARANTIA DE PUENTE ALTO

MP.C/ BENJAMÍN ANTONIO LAGOS VIDAL.

Rol

Fecha

31 de enero de 2024

Materia

VIOLACION DE MORADA. ART.144

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: Que, de acuerdo al mérito de lo expuesto en la audiencia, aparece que se encuentran justificados los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal respecto de los delitos por los cuales fue formalizada la investigación, y se estima que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, en relación con lo dispuesto en la letra c) de la norma antes mencionada,

Fundamentos

considerando el carácter de los delitos, los bienes jurídicos protegidos y forma de comisión, todo lo cual torna insuficientes las restantes medidas cautelares previstas por el legislador procesal penal a los efectos normados en el inciso segundo del artículo 139 del referido cuerpo legal. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 352 y 360 del Código antes citado, se confirma la resolución dictada en audiencia de veintidós de enero del año en curso, por el Juzgado de Garantía de Puente Alto, que decretó la prisión preventiva del imputado Benjamín Antonio Lagos Vidal. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N° 290-2024 Penal.

Texto Completo (Preview)

En San Miguel, a treinta y uno de enero de dos mil veinticuatro. Sala: Tercera Sala Rol: 290-2024 Penal Ruc: 2400084298-9 RIT: 566-2024 Tribunal: Juzgado de Garantía de Puente Alto Integrantes: Ministros señor Luis Sepúlveda Coronado y señor Carlos Hidalgo Herrera y Abogado Integrante señor Carlos Espinoza Vidal Relator: Patricio Riquelme Portilla Digitadora: Marliz Vergara Jaramillo Fiscal: Yéli

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