LABRA/ANDRADE
Rol
Fecha
30 de enero de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: 1°.- Comparece don Jorge Eduardo Labra Fuentealba, jubilado, domiciliado en Juan Antonio González N° 730, comuna de Quiríhue, interponiendo recurso de protección en contra de don Jorge Orlando Muñoz Segura, pensionado, con domicilio en Sector Tocotu, comuna de Quiríhue, por las actuaciones ilegales y arbitrarias que denuncia y que afectarían directamente a sus derechos constitucionales. Indica que, tiene un derecho real de uso, sobre un retazo de terreno de una cabida de doscientos metros cuadrados, que es parte de un inmueble cuyo dominio es del recurrido, ubicado en calle Juan Antonio González número setecientos treinta de la comuna de Quiríhue. El referido derecho real de uso se constituyó con la finalidad de posibilitarle la postulación al subsidio habitacional conforme al decreto supremo ciento cuarenta y cinco del año dos mil siete. El precio que pagó por este gravamen fue la suma de ciento cincuenta mil pesos, teniendo los siguientes deslindes NORTE: en diez metros con calle Juan Antonio González; SUR: en diez metros con más terreno del constituyente; ORIENTE: en veinte metros con resto de la propiedad del constituyente y PONIENTE: en veinte metros con propiedad de marco Valenzuela., cuya inscripción en el Conservador de Bienes Raíces de Quiríhue, rola inscrito a fojas doscientos noventa y ocho vuelta, número trescientos treinta del Registro de Propiedad del año mil novecientos setenta y dos; rol de avalúo número noventa y ocho guion doce. Señala que, siendo beneficiario del Programa Fondo Solidario CSP Proyecto TIPO FSV1, en dicho inmueble, le construyeron una vivienda de una superficie de 50,91 m2, a través de la Constructora Hernán Bustos Romero; sin embargo sostiene que, con fecha 19 de octubre del año 2023, el recurrido en compañía de familiares causaron destrozos en su vivienda rompiendo las paredes y estructura del baño, violando los sellos de seguridad del medidor de luz con la intención maliciosa de privarme del servicio eléctrico, y que, e
Fundamentos
motivos que preceden, el presente recurso de protección no se encuentra en condiciones de prosperar, sin perjuicio de otras acciones que pudieren corresponder al recurrente.
Fallo
Por estas consideraciones y atendido, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la Republica y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del recurso de protección, se rechaza, sin costas, el recurso de protección interpuesto por don Jorge Eduardo Labra Fuentealba, en contra de don Jorge Orlando Muñoz Segura. Notifíquese. En su oportunidad, dese cumplimiento al numeral 14 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Protección, regístrese y, hecho, archívese. Redacción a cargo del abogado integrante Gumercindo Quezada Blanco, quien no firma por no haber integrado hoy. Asimismo, no firma el ministro señor Arias, no obstante haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo, por encontrarse haciendo uso de permiso. Rol N°1389-2023 PROTECCION.
Texto Completo (Preview)
Chillán, treinta de enero de dos mil veinticuatro. Vistos: 1°.- Comparece don Jorge Eduardo Labra Fuentealba, jubilado, domiciliado en Juan Antonio González N° 730, comuna de Quiríhue, interponiendo recurso de protección en contra de don Jorge Orlando Muñoz Segura, pensionado, con domicilio en Sector Tocotu, comuna de Quiríhue, por las actuaciones ilegales y arbitrarias que denuncia y que afectar
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