SIN INFORMACION

LÓPEZ Y OTROS / MUNICIPALIDAD DE SAN BERNARDO

Rol

Fecha

30 de enero de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Primero: Que comparecen los abogados don Nelson Díaz Varas y don Claudio Salinas Morales, en representación de doña Gladys Elena Meneses Riquelme, trabajadora independiente, doña Ingrid Solange Salgado Figueroa, dueña de casa, doña Mabel Andrea Pizarro Catalán, profesora, doña Cecilia del Pilar Pomar Echeverría, dueña de casa, Jessica del Rosario Pérez Roa, dueña de casa, doña María Teresa Pinto Grove, técnico en alimentos, doña Celeste Aída Mansilla Díaz, jubilada, doña Catherine Joo Astorga, trabajadora público, doña Cecilia Agusti Orellana, jubilada, doña Marcela Roxana Castro San Martin, administrativa, doña Giovanna Pascarola Beluzán Mendoza, reponedora, don Christian Leonidas Vicencio Saavedra, chofer, doña Mabel del Carmen Morales Cid, dueña de casa, doña Paulina Rosa Suazo Astudillo, jubilada, doña Leonor Elisa Liberona Valenzuela, dueña de casa, doña Alma Leonor Guzmán Quinteros, chilena, casada, superviosora, doña Sylvia Mirtha Núñez Sierra, empresaria, don Jorge Antonio Valdivieso Núñez, comerciante, doña Eugenia Clotilde Ovando Montoya, dueña de casa, doña María Eugenia López Silva, jubilada y doña Elena Isabel López Silva, jubilada, todos con domicilio para estos efectos en calle Roberto Pautt Calderón Nº 841, comuna de San Bernardo, quienes interponen recurso de protección en contra de la Ilustre Municipalidad de San Bernardo, representada por su Alcalde, don Christopher Antonio White Bahamondes, ambos domiciliados en calle Eyzaguirre N°450, Edificio Consistorial 2º, de la comuna de San Bernardo, en razón de haber incurrido en una omisión ilegal consistente en no adoptar medidas concretas y efectivas que impidan la instalación del comercio ambulante, que vulnera las garantías fundamentales de la integridad física y psíquica, el derecho a la vida privada, el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación y el derecho de propiedad, consagrados en los numerales 1, 4, 8 y 24 del artículo 19 de la Carta Fundamental. Explican que los re

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San Miguel, treinta de enero de dos mil veinticuatro. Vistos: Primero: Que comparecen los abogados don Nelson Díaz Varas y don Claudio Salinas Morales, en representación de doña Gladys Elena Meneses Riquelme, trabajadora independiente, doña Ingrid Solange Salgado Figueroa, dueña de casa, doña Mabel Andrea Pizarro Catalán, profesora, doña Cecilia del Pilar Pomar Echeverría, dueña de casa, Jessica

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