ESTRADA/CONDOMINIO LAS ARAUCARIAS DE LINDEROS
Rol
Fecha
30 de enero de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: Primero: Que comparece don Héctor Alfredo Estrada Manque, contador, domiciliado en Parcela N°80, Condominio Las Araucarias de Linderos, comuna de Buin, e interpone recurso de protección en contra del Condominio Las Araucarias de Linderos, representado legalmente por don Rolando Héctor Alejandro Pinto Dunsmore, ambos domiciliados en Camino Cervera N°1000, Condominio Las Araucarias, comuna de Buin, en razón de haber cortado el suministro de agua, el servicio de internet, televisión y fibra óptica, además de haber sustraído la matriz de agua potable, afectando las garantías fundamentales del derecho a la vida y la integridad física y psíquica, la igual protección de la ley en el ejercicio de los derechos y el derecho de propiedad, consagrados en los numerales 1, 3 y 24 del artículo 19 de la Carta Fundamental. Explica que llegó a vivir al condominio hace cuatro años, procurando ser un bien vecino, cumpliendo con sus obligaciones como tal. Sin embargo, refiere que desde que llegó a residir allí, existe una deuda por concepto de gastos comunes del propietario anterior, la que a juicio de este último no se encontraría vigente por haberlo ordenado así un tribunal. Sostiene que recibió reiteradas comunicaciones en que se informaba del inminente corte de servicios básicos por el incumplimiento de esta deuda, hasta que el pasado 7 de noviembre se materializó el corte de agua potable y se arrancó la matriz de agua, además, procedieron a cortar el servicio de internet, televisión y fibra óptica, sin que se le haya informado o notificado de alguna gestión judicial tendiente al cobro. Afirma que no es posible, ni aun con previa autorización del Comité de Administración suspender el suministro de agua potable, y sólo la ley podría autorizarlo, cuestión que la Ley N°19.537 sobre Copropiedad Inmobiliaria no lo establece. No obstante ello, esgrime que conforme la citada ley si se puede suspender el servicio eléctrico cuando la medida esté expresamente determinada en el regl
Texto Completo (Preview)
Certifico que, alegó por contra el recurso el abogado Iván León Hernández, San Miguel, 30 de enero de 2024. Florencia Sáez Bugmann, relatora. San Miguel, treinta de enero de dos mil veinticuatro. Al escrito folio 17: Téngase presente. Vistos: Primero: Que comparece don Héctor Alfredo Estrada Manque, contador, domiciliado en Parcela N°80, Condominio Las Araucarias de Linderos, comuna de Buin, e i
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