IRIS ANASTACIA GONZALEZ GIL. /SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION
Rol
Fecha
30 de enero de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
EXTEMPORÁNEO
Hechos
Visto: Habiéndose interpuesto este recurso fuera del plazo de 30 días corridos que establece el Nº 1 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, por cuanto la recurrente tomó conocimiento del acto por el cual recurre, a lo menos, el 19 de febrero de 2020, y de conformidad con lo dispuesto en el Nº 2 del texto ya citado, se declara inadmisible, por extemporáneo, el recurso de protección interpuesto. Al primer otrosí: A sus antecedentes. Atendida la naturaleza de tales documentos, aplíquese hito de reserva. La Jefa de Unidad supervigilará el cumplimiento de lo resuelto, a la brevedad. Al segundo otrosí: Téngase presente el patrocinio únicamente respecto del abogado Pablo Daniel Peñaloza Parra. Regístrese y archívese. N°Protección-911-2024.
Fallo
se declara inadmisible, por extemporáneo, el recurso de protección interpuesto. Al primer otrosí: A sus antecedentes. Atendida la naturaleza de tales documentos, aplíquese hito de reserva. La Jefa de Unidad supervigilará el cumplimiento de lo resuelto, a la brevedad. Al segundo otrosí: Téngase presente el patrocinio únicamente respecto del abogado Pablo Daniel Peñaloza Parra. Regístrese y archívese. N°Protección-911-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción NGA/jvm Concepción, treinta de enero de dos mil veinticuatro. A lo principal: Visto: Habiéndose interpuesto este recurso fuera del plazo de 30 días corridos que establece el Nº 1 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, por cuanto la recurrente tomó conocimiento del acto por el cual recurre, a lo meno
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