HACIENDA ECUESTRE SPA/CARRASCO
Rol
Fecha
30 de enero de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1) Compareció don Mauricio Evaristo Arellano Muñoz, empresario, C.I. Nº 13.372.529-6, en representación de Hacienda Ecuestre SpA, interpuso acción constitucional de protección en contra de doña Nancy Odette Carrasco Maragaño, C.I. 12.340.524-2, por impedir al acceso a los inmuebles de propiedad de la sociedad referida a través de la servidumbre de tránsito que beneficia el ingreso a sus inmuebles y permite el ingreso y salida desde y hacia el camino público -Río Negro a Osorno-, instalando tres portones con candado. Refiere, en síntesis, que la sociedad Hacienda Ecuestre SpA, es propietaria de una serie de lotes resultantes de la subdivisión de dos predios de mayor extensión denominados Lote A1-4 y Lote A1-3, resultantes a su vez de la subdivisión de un retazo de terreno denominado Lote A del Fundo Chifín, ubicado en la Comuna de Rio Negro. Sostiene que dichos inmuebles carecen de acceso directo al camino público, y que el único acceso al mismo es a través de un camino de servidumbre que se originó producto de la subdivisión del predio de mayor extensión del cual formaban parte. Indica que desde el 6 de octubre de 2023 la sociedad que representa se ha visto impedida del acceso a los inmuebles de su propiedad por la instalación de los portones ya mencionados por parte de la recurrida, los que obstruyen su acceso al camino público Río Negro a Osorno -Ruta U 500-, y que siendo solicitado el retiro de estos a aquella, esta se ha negado, ejerciendo una vía de hecho que constituye autotutela, que afecta el derecho de propiedad de la sociedad recurrente. En base a lo anterior, solicita se ordene a la recurrida permitir a la recurrente el libre tránsito desde y hacia su predio por el camino de servidumbre existente, absteniéndose en lo sucesivo de instalar portones en el acceso al predio del recurrente, con costas. 2) Informó la parte recurrida, doña Nancy Odette Carrasco Maragaño, y solicitó el rechazo de la acción, con
Fallo
Por lo expuesto, y visto, además, lo dispuesto en los artículos 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se resuelve que: se rechaza, sin costas, la acción de protección presentada por don Hacienda Ecuestre SpA, interpuso acción constitucional de protección en contra de doña Nancy Odette Carrasco Maragaño. Regístrese, notifíquese y en su oportunidad, archívese. Nº Protección-2033-2023.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valdivia Valdivia, treinta de enero de dos mil veinticuatro. Atendido lo dispuesto a folio 33 respecto del folio 27, en base al tiempo transcurrido, las gestiones realizadas y, especialmente, la naturaleza cautelar de la presente acción se deja constancia de que se prescinde del informe requerido a Agrícola y Ganadera Rafulco Limitada. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1) Compareció don Mauricio
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica