SIN INFORMACION

SOLÍS/SARAVIA

Rol

Fecha

1 de febrero de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1) Comparecieron Andrés Enrique, René Basiliano, Carlos Segundo, Brisalia del Carmen, Adela Edith, German Ernesto, todos de apellidos Solís Sepúlveda, y Florentina Sepúlveda Quezada, todos agricultores y domiciliados en el sector rural de Cuinco Alto, camino a Puerto Nuevo, comuna de La Unión, quienes interpusieron acción constitucional de protección en contra de Julio Edmundo Saravia Saravia, Rodrigo Alberto Saravia Pardo y Alfredo Pardo, por la vulneración al derecho de propiedad consagrado en el artículo 19 Nº 24 de la Constitución Política de la República, consistente, en síntesis, por el tránsito de los recurridos por el interior de su predio, sin que exista servidumbre de tránsito constituida ya sea por escritura pública o por sentencia judicial, ni que esté inscrita en el respectivo Registro de Hipotecas y Gravámenes. Indican que son dueños del inmueble rural ubicado en el sector de Cuinco Alto, comuna de La Unión, Hijuela Nº 2, de una superficie aproximada de 55 hectáreas, el que adquirieron por herencia intestada quedada al fallecimiento de su padre, don Carlos Sergio Solís Orellana; que los recurridos, administran el predio colindante -Rol de Avalúo N°556-31-, de la comuna de La Unión, y circulan por el interior de su propiedad de manera arbitraria e incluso han instalado trancas construidas con maderas y alambres con púas, en base a que supuestamente existe camino de servidumbre de tránsito que graba el campo en beneficio del predio que tienen a su cargo, la cual tierne por único fundamento un Plano de subdivisión del predio rol 556-31, certificado por el Servicio Agrícola y Ganadero, en el cual se trazó un camino hacia la propiedad de los recurrentes -Registro Especial de Planos del Conservador de Bienes Raíces de La Unión, con el N°68, del año 2016-, en circunstancias que dicho Servicio no está facultado para constituir servidumbres de tránsito, por cuanto, para constituir un gravamen de dicha naturaleza. Solicitan, se acoj

Fallo

fallo en causa de protección 1419-2023, que el 20 de octubre de 2023 acogió recurso de protección interpuesto por Paulina Raquel Pardo Molina y María Cristina Saravia Pardo -de quienes son familiares-, en contra de uno de los actuales recurrentes, don Germán Ernesto Solís Sepúlveda, causa en la que el recurrido no informó, y en cuyo fallo se dispuso “que el recurrido debe retirar del camino de acceso sobre el que versa el recurso, de manera inmediata, cualquier tipo de obstáculo, cierre, cerco, portón o tranca, absteniéndose en lo sucesivo de llevar a cabo cualquier vía de hecho que altere la situación preexistente, en tanto no cuente con el amparo de una resolución judicial al efecto.” Sostienen que lo alegado en el recurso no es efectivo, ya que jamás han transitado de forma agresiva por el predio de los recurrentes, y que por el contrario son ellos quienes han impedido el ingreso al predio a sus propietarias colindantes Paulina Raquel Pardo Molina y María Cristina Saravia Pardo, a pesar de la sentencia a su favor. Agregan que incluso carecen de título, pues el predio en cuestión, que señalan administran, no está a su nombre, sino que a nombre del padre y tío de las señoras Paulina y María Cristina, ya referidas, Juan Carlos Pardo Molina, Lote 1, Rol de avalúo 556-31, que deslinda al sur con lote de los recurrentes; y que, tal como ha quedado estampado en informe de notificación de Carabineros del retén de Puerto Nuevo, rolante a folio 6 de este recurso, mantienen domicilio

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valdivia Valdivia, uno de febrero de dos mil veinticuatro. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1) Comparecieron Andrés Enrique, René Basiliano, Carlos Segundo, Brisalia del Carmen, Adela Edith, German Ernesto, todos de apellidos Solís Sepúlveda, y Florentina Sepúlveda Quezada, todos agricultores y domiciliados en el sector rural de Cuinco Alto, camino a Puerto Nuevo, comuna de La Unión, quienes i

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