BANCO SANTANDER-CHILE CHILE CON INAKY BASCUÑÁN LABBE
Rol
Fecha
30 de enero de 2024
Materia
SIN MATERIA
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus
Fundamentos
motivos 16° y 17°, que se eliminan. Y se tiene en su lugar y, además, presente: Primero: Que estos autos ingreso Corte Rol N°260-2022 Policía Local, caratulados “Banco Santander con Bascuñán Labbé” se han elevado para conocer del recurso de apelación interpuesto por el actor en contra de la sentencia de 23/05/2022 dictada por el Segundo Juzgado de Policía Local de San Bernardo que, en lo que interesa, rechazó la demanda de responsabilidad por infracción de la Ley 20.009 intentada por el Banco Santander, obligándolo a asumir el monto reclamado que asciende a la suma de $4.180.000. Sostiene que existió una negligencia grave del demandado en el cuidado de sus productos financieros, desde que se determinó que las operaciones se efectuaron con el ingreso correcto de las claves secretas solo conocidas por el cliente, con la tarjeta de coordenadas vigente del usuario, cuya custodia le correspondía, se le envió un mensaje con la clave dinámica al celular que tiene registrado para validar transferencias a terceros, sin que diera aviso al Banco de su pérdida, para el correspondiente bloqueo, sino hasta después de ocurridas las supuestas operaciones reclamadas, por lo que le imputa el incumplimiento de sus obligaciones de cuidado de sus productos. Solicita revocar la sentencia y acoger la demanda, declarando la responsabilidad del usuario en las operaciones que declara no haber realizado, ordenando la devolución del abono normativo efectuado por el Banco al demandado; y, que se lo autorice a efectuar el reverso desde los productos financieros de este, con costas. Segundo: Que del mérito de los antecedentes, ponderados de conformidad a lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 18.287, permiten establecer los siguientes hechos: a) El 08/02/2021 el demandado abre cuenta corriente en el Banco Santander; b) El 15 y 16 de febrero de 2021 dicha cuenta corriente registra que se hicieron sendos abonos en efectivo por las sumas de $2.500.000 y $1.680.000, respectivamente; c) El 16 y 17 de marzo de 2021 se practicaron dos transferencias desde la cuenta corriente del demandado a otra del mismo banco, por $250.000 y $3.930.000, a las 12:46 y 12:48 horas, respectivamente; d) El 17/02/2021 el demandado se percata del uso indebido de su cuenta corriente negado haber efectuado las mencionadas dos transferencias electrónicas a un mismo tercero; e) Aquél sostiene que fue objeto de un robo con intimidación producto del cual le sustrajeron su teléfono y documentación bancaria importante (tarjeta de coordenadas); ilícito que, señala, tuvo lugar “en fecha cercana” a aquella otra en que se percató del fraude; f) A la fecha de las transferencias, el usuario asevera que no contaba con las tarjetas de coordenadas ni con el teléfono, cuyo número aparece registrado en el Banco, según afirma, ya que fue objeto del referido ilícito; g) El demandado realizó la denuncia ante Carabineros de Chile para que se investigara el robo con intimidación, el 17/11/2021, a las 18:15 horas, según la
Fallo
se declara que, se revoca la sentencia apelada de veintitrés de mayo de dos mil veintidós, escrita de fojas 120 a fojas 132 dictada en la causa Rol 1255.1-2021 seguida ante el Segundo Juzgado de Policía Local de San Bernardo que desestimó la acción interpuesta y se declara que se acoge la demanda interpuesta en lo principal de fojas 1, solo en cuanto Iñaki Duzan Bascuñán Labbé deberá restituir la suma de 85 Unidades de Fomento en su equivalente en pesos a la fecha del pago. Redacción de la ministra Sra. Catepillán. Regístrese y devuélvase. N° 260-2022 Policía Local Pronunciada por la Segunda Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de San Miguel, integrada por los ministros señora Ma. Carolina Catepillán Lobos, señor Patricio Martínez Benavides y abogado integrante señor Francisco Ferrada Culaciati. No firma el abogado integrante señor Francisco Ferrada Culaciati, quien no obstante haber concurrido a la visa de la causa y posterior acuerdo se encuentra ausente.
Texto Completo (Preview)
San Miguel, treinta de enero de dos mil veinticuatro. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus motivos 16° y 17°, que se eliminan. Y se tiene en su lugar y, además, presente: Primero: Que estos autos ingreso Corte Rol N°260-2022 Policía Local, caratulados “Banco Santander con Bascuñán Labbé” se han elevado para conocer del recurso de apelación interpuesto por el actor en
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