1º JUZGADO DE LETRAS DE MELIPILLA

YENNI RIQUELME JORQUERA CON PABLO RAMÍREZ GALARCE

Rol

Fecha

30 de enero de 2024

Materia

ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Con el mérito de los antecedentes y teniendo especialmente presente que, más allá de lo argüido en relación con la eventual voluntad de simular un contrato que en el que en realidad no se consentía, lo cierto es que, con la prueba rendida ha quedado de manifiesto la existencia del contrato de arrendamiento celebrado entre las partes y formalizado en el documento de 12 de enero de 2018 –reconocido así por ambos litigantes- cuyas cláusulas no difieren de manera sustancial de las invocadas en la demanda y que, al no constar fehacientemente que la voluntad de la partes hubiese sido contratar con una causa y un objeto diverso, faltando la prueba del pago de las rentas correspondientes, no queda sino concluir que existe pábulo para la terminación de dicho arriendo en los términos impetrados por el actor. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en la Ley 18.101 y en los artículos 1698 del Código Civil y 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada de diecinueve de octubre de dos mil veintitrés, dictada por el Primer Juzgado de Letras de Melipilla, en la causa RIT: C-258-2020. Regístrese y devuélvase. N°2445-2023 Civil.-

Texto Completo (Preview)

Certifico que se anunciaron, escucharon relación y alegaron en la Cuarta Sala, revocando el abogado don Álvaro Iturrieta Cabezas y confirmando el postulante de la Corporación de Asistencia Judicial don Paul Valdivia Orellana. San Miguel, 30 de enero de 2024. Patricio Riquelme Portilla, relator. San Miguel, treinta de enero de dos mil veinticuatro. A los folios 16, 17, 18 y 19: Téngase presente. V

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