2° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

BARRERA/SOCIEDAD DE SERVICIOS DE CORRETAJES ASESORIAS Y CAPACITACION SOEX LIMITADA

Rol

Fecha

30 de enero de 2024

Materia

PRESTACIONES

Resultado

ABANDONADO RECURSO

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Con el mérito de la constancia entregada por el señor relator, quien para estos efectos es Ministro de Fe, y de conformidad con lo dispuesto en el inciso final del artículo 481 del Código del Trabajo, se declara abandonado el recurso de nulidad deducido por la parte demandante, en contra de la sentencia de trece de marzo de 2023, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en causa RIT M-421-2023. Regístrese y comuníquese N°Laboral - Cobranza-1072-2023. Pronunciada por la Duodécima Sala, integrada por los Ministros señora Dobra Lusic Nadal, señora Carolina S. Brengi Zunino y el Abogado Integrante señor Jorge Benítez Urrutia. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, treinta de enero de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Fallo

se declara abandonado el recurso de nulidad deducido por la parte demandante, en contra de la sentencia de trece de marzo de 2023, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en causa RIT M-421-2023. Regístrese y comuníquese N°Laboral - Cobranza-1072-2023. Pronunciada por la Duodécima Sala, integrada por los Ministros señora Dobra Lusic Nadal, señora Carolina S. Brengi Zunino y el Abogado Integrante señor Jorge Benítez Urrutia. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, treinta de enero de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, treinta de enero de dos mil veinticuatro. Vistos: Con el mérito de la constancia entregada por el señor relator, quien para estos efectos es Ministro de Fe, y de conformidad con lo dispuesto en el inciso final del artículo 481 del Código del Trabajo, se declara abandonado el recurso de nulidad deducido por la parte demandante, en contra de la sentencia de trece de marzo

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica