LÓPEZ/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL SEGUNDO SEMESTRE 2023
Rol
Fecha
30 de enero de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA/COMUNICAR
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el 19 de diciembre del presente año, compareció MAX TRONCOSO MORENO, Defensor Penal Público Penitenciario, cédula nacional de identidad Nº 16.225.962-8, domiciliado para estos efectos en calle 1 Poniente N°1060, oficina 15, Talca, en favor de don JAVIER IGNACIO LÓPEZ LÓPEZ, CI. N° 16.998.540-5, actualmente cumpliendo condena en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Talca, y señala que, de conformidad a lo dispuesto en el inc. final del artículo 21 de la Constitución Política de la República, interpone acción constitucional de amparo correctivo en contra de en contra de la Comisión de Libertad Condicional del segundo semestre del año 2023, presidida por el Ministro señor Carlos Carillo González; por acto ilegal y arbitrario ejecutado el día 11 de octubre del año en curso que denegó la Libertad Condicional del amparado. Señala que el objeto de esta acción es que conceda en favor del amparado la debida protección a su derecho fundamental de libertad personal y seguridad individual, resolviendo, en definitiva, otorgar la libertad condicional inmediata al sr. López López. Refirió que el amparado actualmente cumple las penas de 5 años 1 días de presidio mayor en su grado mínimo como autor del delito de robo con intimidación y 61 días de presidio menor en su grado mínimo como autor del delito de porte de arma cortante o punzante, impuestas en causa RIT 321– 2019 del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talca y 300 días de presidio menor en su grado mínimo como autor del delito de hurto, impuesta en causa RIT 6772-2018 del Juzgado de Garantía de Talca. Inició el cumplimiento de las penas el 11 de julio de 2019 debiendo terminar el 02 de febrero de 2025. Indicó que cumpliendo con los requisitos legales su representado adquirió el derecho a postular al proceso de Libertad Condicional del segundo semestre del año 2023: a) Tiempo mínimo: 03/02/2023 b) Conducta intachable: Más 4 bimestres de nota Muy Buena. c) Informe psicosoci
Fundamentos
Considerando esta situación, se estima bajo impacto del proceso interventivo. Respecto al delito cometido, persiste distorsión cognitiva que minimiza y tiende a justificar la conducta criminógena, externalizando la responsabilidad ante su participación en ilícitos, atribuyéndole íntegramente a las víctimas. La red de apoyo con la que cuenta, (progenitora y hermana) no constituyen agentes de control social para el postulante. Se sugiere respecto a sus características personales, abordar la conducta impulsiva y de contenido violento, a objeto de que resuelva efectivamente y dentro de las normas sociales y legales toda situación de conflicto que se presente, además de abordar temáticas enmarcadas en el “el programa de intervención, ha presentado disposición y desempeño irregular en la ejecución de actividades, inclusive dos talleres fueron cerrados por su inasistencia. Considerando esta situación, se estima bajo impacto del proceso interventivo. Respecto al delito cometido, persiste distorsión cognitiva que minimiza y tiende a justificar la conducta criminógena, externalizando la responsabilidad ante su participación en ilícitos, atribuyéndole íntegramente a las víctimas. La red de apoyo con la que cuenta, (progenitora y hermana) no constituyen agentes de control social para el postulante. Se sugiere respecto a sus características personales, abordar la conducta impulsiva y de contenido violento, a objeto de que resuelva efectivamente y dentro de las normas sociales y legales toda situación de conflicto que se presente, además de abordar temáticas enmarcadas en el eje psicosocial, es decir, habilidades de la comunicación efectiva, razonamiento crítico, fomento de roles sociales, entre otros. Tampoco registra beneficios intrapenitenciarios, entendidos estos como privilegios tendientes a la reinserción social progresiva del interno, por cuanto constituyen circunstancias que no son posibles de soslayar al momento de apreciar lo concerniente a los factores criminógenos que pudieren afectarle, por lo que en concepto de esta comisión, el peticionario no cumple con los presupuestos fácticos esenciales para reinsertarse adecuadamente en la sociedad y hacerlo acreedor del otorgamiento del beneficio de libertad condicional.” La ponderación de sólo los antecedentes negativos de la postulante para negar el beneficio de Libertad Condicional, y la omisión de valoración de los aspectos positivos, sin explicar tampoco por qué dio más valor a los negativos (estáticos) relativos a su historia de vida, torna la resolución en arbitraria e ilegal, por carecer de la debida fundamentación, que exige buenas razones y no sólo una motivación aparente. Del análisis del informe psicosocial se observa los siguientes avances en su proceso de reinserción: I. Nivelación de estudios: Cuenta con 4° medio aprobado el año 2014 en Liceo técnico Profesional de Adultos CORESOL de Puerto Montt. II. Posee red de apoyo en medio libre: Cuenta con el apoyo de su progenitora y una hermana, q
Fallo
Por estas consideraciones, visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto por don Max Troncoso Moreno en favor de JAVIER IGNACIO LÓPEZ LÓPEZ., en contra de la resolución dictada por la Comisión de Libertad Condicional el pasado 11 de octubre. Comuníquese por la vía más expedita. Regístrese y archívese en su oportunidad. Rol 47-2024/Amparo.
Texto Completo (Preview)
Talca, treinta de enero de dos mil veinticuatro. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el 19 de diciembre del presente año, compareció MAX TRONCOSO MORENO, Defensor Penal Público Penitenciario, cédula nacional de identidad Nº 16.225.962-8, domiciliado para estos efectos en calle 1 Poniente N°1060, oficina 15, Talca, en favor de don JAVIER IGNACIO LÓPEZ LÓPEZ, CI. N° 16.998.540-5, actualmente c
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