BOCATO GROUP DANIEL ALEJANDRO TRIVIÑO ALVARADO EIRL/AGICOLA ANUNAKIS SPA
Rol
Fecha
29 de enero de 2024
Materia
FACTURA, NOTIFICACIÓN DE
Resultado
CONFIRMA CON DECLARACIÓN
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 473, 474, 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada dictada el ocho de enero de dos mil veintiuno, por el 11° Juzgado Civil de Santiago, con declaración de que se le reserva a la parte ejecutada su derecho para el juicio ordinario, condicionándose el pago al acreedor hasta que caucione previamente las resultas de este juicio. Se hace presente, además, que la ejecutada dispondrá de quince días a contar de la resolución que ordene el cumplimiento de esta sentencia para presentar su demanda bajo apercibimiento de ejecución de dicha sentencia sin previa caución, o de quedar ésta ipso facto cancelada, si se otorgare. Regístrese y devuélvase. N° 2067-2021 Civil.
Texto Completo (Preview)
Santiago, veintinueve de enero de dos mil veinticuatro. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 473, 474, 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada dictada el ocho de enero de dos mil veintiuno, por el 11° Juzgado Civil de Santiago, con declaración de que se le reserva a la parte ejecutada su dere
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