SIN INFORMACION

JUDE LUXAMA/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION

Rol

Fecha

29 de enero de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Tomás Matheson Mujica en favor del ciudadano haitiano Jude Luxama, quien interpone acción constitucional de amparo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 inciso final de la Constitución Política de la República, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, que le ha negado continuar con el proceso administrativo para obtener su residencia ya que el sistema no actualizó el pago realizado, sin que puede seguir adelante con el proceso que le permite obtener el estampado de visa electrónico y su cédula de identidad. Señala que ha tenido previamente visas que le permitieron postular a la permanencia definitiva el 1 de abril de 2022. No obstante, afirma que realizó el pago correspondiente a su solicitud pero el sistema no actualizó la información, lo que trae como consecuencia que no pueda obtener el estampado electrónico en trámite que a su vez le permite obtener su cédula de identidad. En virtud de lo anterior, y previas explicaciones de derecho y citas legales, solicita acoger el recurso y que, en definitiva, se ordene a la recurrida habilitar el sistema en línea para que pueda continuar con el proceso de regularización y el respectivo estampado electrónico. Segundo: Que informa la Prefectura de Migraciones y Policía Internacional Metropolitana de la Policía de Investigaciones de Chile e indica que la recurrente registra como único movimiento migratorio su ingreso al país el 24 de enero de 2018. Tercero: Que el Servicio Nacional de Migraciones informa al tenor del recurso solicitando su rechazo, por no existir un acto arbitrario o ilegal y haber actuado con apego a la normativa vigente. Afirma que en un estudio de la solicitud del actor desde el 16 de enero de 2024, se encuentra en etapa de verificación de pago, ya que es necesario que sea la misma parte recurrente quien adjunte la documentación necesaria a efectos de continuar con la solicitud migratoria. Al complementar su informe añade

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto, además, en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de amparo interpuesto en favor de Jude Luxama, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese y archívese, en su oportunidad. N°33-2024 Amparo

Texto Completo (Preview)

Certifico que alegó contra el recurso el abogado Nicolás Cornejo Montenegro. San Miguel, 29 de enero, Diego Muñoz Gaete, relator. San Miguel, veintinueve de enero de dos mil veinticuatro. A los escritos folios 15 y 16: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Tomás Matheson Mujica en favor del ciudadano haitiano Jude Luxama, quien interpone acción constituc

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