ANONIMIZADO
Rol
Fecha
29 de enero de 2024
Materia
ALIMENTOS, REBAJA
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Atendido el mérito de los antecedentes, la fecha fijada para la continuación de audiencia de juicio, necesidades provisorias de los alimentarios, y lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley N°19.968, se confirma, la resolución de trece de octubre de dos mil veintitrés, dictada por el Juzgado de Familia de San Bernardo, que rechazó la solicitud de rebaja provisoria de los alimentos decretados. Devuélvase. N°Familia-1589-2023.
Texto Completo (Preview)
Certifico que alegó revocando la abogada Karen Neculqueo Orellana. San Miguel, 29 de enero de 2024. Diego Muñoz Gaete, relator. San Miguel, veintinueve de enero de dos mil veinticuatro. Al escrito folio 12: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: Atendido el mérito de los antecedentes, la fecha fijada para la continuación de audiencia de juicio, necesidades provisorias de los alimentarios, y
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