SIN INFORMACION

CALLE/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION

Rol

Fecha

29 de enero de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Jorge Manuel Lena Salgado, quien interpone acción constitucional de protección en favor de Carminia Calle Vadillo, nacional de Bolivia, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado legalmente por su director Luis Eduardo Thayer Correa, en razón de haber incurrido en una omisión ilegal que perturba la garantía fundamental del numeral 2 del artículo 19 de la Carta Fundamental, consistente en la ausencia de pronunciamiento respecto de la solicitud de nacionalización. Indica que solicitó su nacionalización el 3 de noviembre de 2020, sin que hasta la fecha exista pronunciamiento de parte de la autoridad recurrida, aun cuando pagó los derechos correspondientes en tiempo y forma. Señala que el tiempo excesivo de tramitación constituye una ilegalidad que infringe lo dispuesto en los artículos 4, 7, 9 y 27 de la Ley N°19.880 en los que se consagra el principio de celeridad y el impulso de oficio de la autoridad, vulnerando la garantía fundamental de igualdad ante la ley consagrada en el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Pide que se ordene a la recurrida pronunciarse sobre la solicitud planteada, adoptando las medidas que sean necesarias para restablecer el imperio del derecho, con costas. Segundo: Que el Servicio Nacional de Migraciones informa al tenor del recurso, indicando que la solicitud de nacionalización de la recurrente fue resuelta favorablemente mediante Decreto Exento N°958 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de 1 de junio de 2023. Tercero: Que el recurso de protección de garantías constitucionales establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, constituye una acción de naturaleza cautelar, destinada a amparar el legítimo ejercicio de las garantías y derechos que en esa misma disposición se enumeran, mediante la adopción de medidas de resguardo que se deben tomar ante un acto u omisión arbitrario o ilegal qu

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se rechaza el recurso de protección deducido en favor de Carminia Calle Vadillo en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°44 - 2024 Protección

Texto Completo (Preview)

San Miguel, veintinueve de enero de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Jorge Manuel Lena Salgado, quien interpone acción constitucional de protección en favor de Carminia Calle Vadillo, nacional de Bolivia, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado legalmente por su director Luis Eduardo Thayer Correa, en razón de haber incurrido

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