SIN INFORMACION

AVILA MATURANA SEGIO ANDRES / GENDARMERIA DE CHILE

Rol

Fecha

29 de enero de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece María Poblete Lamas, en favor de Sergio Andrés Ávila Maturana, actualmente en el Centro de Detención Preventiva Santiago Uno y deduce acción constitucional de amparo, en contra de Gendarmería de Chile, solicitando que se disponga su permanencia en el módulo 3 de dicho Centro. Expone que el amparado se encontraba en el módulo 4, en el que unos extranjeros y chilenos le pegaron 5 veces y le quitaron sus costas en tres ocasiones en que ella le envió ropa, útiles de aseo y alimentos, echándolo del módulo a golpes. Agrega que las personas que le hicieron esto se encuentran en diferentes módulos y le mandaron a decir que se fuera despidiendo de este mundo. Indica que las personas con quien tuvo la pelea por la que está detenido están mandando a hacerle daño. Señala que lo anterior, se lo dijeron personalmente a ella, toda vez que fueron a su domicilio con pistola a amenazarla, que si hablaba, no quedaría nadie de su familia. Da cuenta que el amparado terminó cuarto medio y del año 2023 al 2024 estuvo trabajando. SEGUNDO: Que informó la abogada jefe de la Oficina de Defensoría Jurídica Regional Metropolitana de Gendarmería de Chile, Claudia Chandía Ralph, solicitando el rechazo del recurso. Indica que el interno se encuentra condenado a la pena de 5 años de cumplimiento efectivo, por el Décimo Quinto Juzgado de Garantía de Santiago en causa Rit 53-2005 y otra de 10 años y 1 día por el Tribunal de Juicio Oral de San Bernardo, controlada como Tribunal de cumplimiento por el Juzgado de Garantía de la misma comuna en la causa Rit 1183-2010. Señala que no existen registros de ninguna agresión al recurrente por parte de otros internos, sino más bien se puede apreciar que se persigue por medio de este recurso se determine un lugar específico de reclusión mientras dure su internación. Precisa que no es posible que el amparado se mantenga permanentemente en el módulo 3, dado que este actualmente es una extensión del área mé

Fallo

Por estas consideraciones y atendido, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto en favor de Sergio Andrés Ávila Maturana. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-127-2024. En Santiago, veintinueve de enero de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintinueve de enero de dos mil veinticuatro. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece María Poblete Lamas, en favor de Sergio Andrés Ávila Maturana, actualmente en el Centro de Detención Preventiva Santiago Uno y deduce acción constitucional de amparo, en contra de Gendarmería de Chile, solicitando que se disponga su permanencia en el módulo 3 de dicho Centro

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