ANONIMIZADO
Rol
Fecha
29 de enero de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1°) Que el plazo para recurrir de protección es de treinta días corridos contados desde la ejecución del acto que dio motivo a la amenaza, perturbación o privación del derecho que se estima vulnerado. 2°) Que la parte recurrente señala expresamente haber tomado conocimiento del acto que la motiva a interponer esta acción constitucional el veintinueve de noviembre de dos mil veintitrés. 3°) Que habiendo deducido el presente recurso con fecha veinticinco de enero de dos mil veinticuatro, esto es, transcurrido el plazo previsto para su interposición, no puede ser acogido a...
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago mac Santiago, veintinueve de enero de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: 1°) Que el plazo para recurrir de protección es de treinta días corridos contados desde la ejecución del acto que dio motivo a la amenaza, perturbación o privación del derecho que se estima vulnerado. 2°) Que la parte recurrente señala expresamente haber tomado conocimiento del acto que la moti
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica