2º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

BANCO SECURITY/URETA

Rol

Fecha

31 de enero de 2024

Materia

OBLIGACIÓN DE DAR, CUMPLIMIENTO

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que conforme a lo dispuesto en el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre la disposición del artículo 319 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual el presente arbitrio no puede prosperar. Por estar consideraciones, se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por la parte ejecutivo el quince de diciembre del año dos mil veintitrés (folio N°10), contra la resolución de doce del mismo mes y año (folio N°8-cuadernode incidente de nulidad en todo lo obrado). Comuníquese. N°Civil-742-2024.mst

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por la parte ejecutivo el quince de diciembre del año dos mil veintitrés (folio N°10), contra la resolución de doce del mismo mes y año (folio N°8-cuadernode incidente de nulidad en todo lo obrado). Comuníquese. N°Civil-742-2024.mst

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, treinta y uno de enero de dos mil veinticuatro. Al folio N°4: estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que conforme a lo dispuesto en el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre la disp

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