MINISTERIO PUBLICO C/ ALEXANDER MORA
Rol
Fecha
29 de enero de 2024
Materia
ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Que, atendido el mérito de autos y lo expuesto por la defensa en estrado, se advierte que no se han proporcionado respecto de los encartados adolescentes un domicilio concreto u otros elementos que permitan dar cuenta de la existencia de arraigo en nuestro país, con la finalidad de establecer la procedencia de otras medidas cautelares de menor intensidad conforme al artículo 155 del Código Procesal Penal, y teniendo además presente que no ha transcurrido aún el plazo establecido en el inciso final del artículo 32 de la Ley N°20.084, introducido por la Ley N°21.527, y visto, además, lo dispuesto en los artículos 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada dictada en audiencia de fecha veintitrés de enero de dos mil veinticuatro, dictada por el Juzgado de Garantía de Ovalle, que mantuvo la medida cautelar de internación provisoria decretada respecto de los imputados Brandon Quiroz Mora y Harol Calle Condori, por estimar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Con lo actuado, se levanta acta de lo obrado, la que es suscrita por el Tribunal, actuando como ministro de fe el relator (S) señor José Esquivel Avendaño. Devuélvase vía interconexión. Rol N° 62-2024 Penal.-
Texto Completo (Preview)
La Serena, veintinueve de enero de dos mil veinticuatro. Siendo las 09:57 horas, ante la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones presidida por la Ministra titular señora Gloria Negroni Vera, e integrada por los Ministros suplentes señora Carmen Correa Valenzuela y señor Carlos Jorquera Peñaloza, se lleva a efecto audiencia para la vista del recurso de apelación interpuesto por la defensa, en co
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica