SIN INFORMACION

RAMOS/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL SEGUNDO SEMESTRE 2023

Rol

Fecha

29 de enero de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA/COMUNICAR.

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1, el 24 de enero del año en curso, compareció Max Troncoso Moreno, Defensor Penal Público Penitenciario, cédula nacional de identidad N° 16.225.962-8, domiciliado para estos efectos en calle 1 Poniente N°1060, oficina N° 15, Talca, y dedujo recurso de amparo en favor de FERNANDO ANTONIO RAMOS GUZMAN, cédula nacional de identidad N° 13.723.217-0, actualmente cumpliendo condena en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Talca, y en contra de la COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL del segundo semestre del año 2023, presidida por el Ministro señor Carlos Carrillo González; por el acto ilegal y arbitrario ejecutado el 12 de octubre del año en curso que denegó la Libertad Condicional del amparado. Refiere que el amparado actualmente cumple penas de 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo como autor del delito de Infracción al artículo 4 de la Ley 20.000, impuesta en causa RIT 150 – 2018 del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talca. Así también, cumple saldo de 826 días de la condena de 5 años y 1 día impuesta por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talca en causa RIT N°223-2013 como autor del delito de robo con intimidación y saldo de 797 días de condena de 50 días de prisión más 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo, como autor de los delitos de robo en lugar no habitado y robo en lugar destinado a la habitación impuesta por el Juzgado de Letras de San Javier en causa Rol N°44.262-RS. Inició el cumplimiento de dichas penas el 28 de noviembre de 2017, debiendo cumplirlas el 18 de febrero de 2025. Agrega que reuniendo los requisitos legales, el amparado adquirió el derecho a postular al proceso de Libertad Condicional del segundo semestre del año 2023: a) Tiempo mínimo: 28 de septiembre de 2020; b) Conducta intachable: más 4 bimestres de nota muy buena; c) Informe psicosocial elaborado por Gendarmería de Chile el 7 de agosto de 2023. Así las cosas, sin perjuicio de que el amparado acreditó evidentes avances en el proceso de reinserción social, la Comisión de Libertad Condicional rechazó otorgar el beneficio argumentando que no cumplía con el requisito previsto en el art. 2 N° 3 del DL. 321, ya que el informe psicosocial indica que: “el postulante cuenta con antecedentes penales pretéritos, alto compromiso delictual y alto riesgo de reincidencia, con necesidades de intervención en los factores patrón antisocial, familia y pareja, uso del tiempo libre, actitud y orientación procriminal, consumo de alcohol/drogas y educación/empleo. Referente al consumo de alcohol y drogas, si bien se encuentra en período de abstinencia en contexto coercitivo, es un factor preponderante ante la comisión de delitos, teniendo en cuenta su patrón de consumo abusivo en el pasado, el cual no fue abordado debido a su renuncia al Centro de Tratamiento de Adicciones, con avances mínimos durante su proceso interventivo. En cuanto a la actitud y orientación procriminal, presenta tendencia a favor del delito, m

Fallo

Por estas consideraciones, visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del recurso de amparo, SE RECHAZA la acción constitucional interpuesta por el abogado Max Troncoso Moreno, Defensor Penal Público Penitenciario, en favor de Fernando Antonio Ramos Guzmán y contra la Comisión De Libertad Condicional por dictar la resolución del 12 de octubre de 2023, que denegó la libertad condicional al amparado. Comuníquese por la vía más expedita. Regístrese y archívese en su oportunidad. Rol Amparo N° 44-2024.-

Texto Completo (Preview)

C.A. de Talca Talca, veintinueve de enero de dos mil veinticuatro. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1, el 24 de enero del año en curso, compareció Max Troncoso Moreno, Defensor Penal Público Penitenciario, cédula nacional de identidad N° 16.225.962-8, domiciliado para estos efectos en calle 1 Poniente N°1060, oficina N° 15, Talca, y dedujo recurso de amparo en favor de FERNANDO ANTONIO

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica