7º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

C/ JOHAN MANUEL NUNEZ MUNOZ

Rol

Fecha

27 de enero de 2024

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Que en concepto de estos sentenciadores, a diferencia de lo que estima el juez a quo y la defensa, sí existen antecedentes que en esta etapa procesal justifican la existencia del delito por el que fue formalizado, tráfico de estupefacientes, y que permiten presumir fundadamente la participación que en él correspondió al imputado, dado que fue sorprendido por los funcionarios aprehensores transportando más de medio kilo de marihuana, cantidad que hace al menos dudoso concluir que su destino haya sido su mero consumo personal y considerando, además, que en cualquier caso el tipo penal se consuma con el sólo porte de la sustancia. No obstante, lo reflexionado previamente, se estima necesario puntualizar que la controversia relativa a la calificación del ilícito que se investiga es propia del juicio oral, en que el estándar probatorio es evidentemente mayor a la de esta etapa procesal. Respecto de la necesidad de cautela, teniendo en consideración la naturaleza del delito que se investiga; la envergadura de la lesividad de este ilícito; la gravedad de la pena que arriesga el imputado; y el hecho de que como se advierte de su extracto de filiación, registra numerosas condenas previas, determina necesariamente concluir que los fines del procedimiento sólo se satisfacen con su prisión preventiva, dado que su libertad aún resguardada a través de otras medidas cautelares de menor rigor, constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, pues existe el riesgo inminente de que persevere en su actuar ilícito y también de que intente restarse a los fines del procedimiento. Por estas consideraciones y de conformidad, además, a lo previsto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución de fecha veintiséis de enero pasado, dictada por el 7° Juzgado de Garantía de esta ciudad, que negó disponer la prisión preventiva respecto del imputado Johan Manuel Núñez Muñoz, decretando a su respecto las cautelares de arresto domiciliario

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, a lo previsto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución de fecha veintiséis de enero pasado, dictada por el 7° Juzgado de Garantía de esta ciudad, que negó disponer la prisión preventiva respecto del imputado Johan Manuel Núñez Muñoz, decretando a su respecto las cautelares de arresto domiciliario nocturno y arraigo nacional; y en su lugar se accede a la petición del Ministerio Público y se ordena la prisión preventiva del citado encausado. Comuníquese por la vía más rápida. Devuélvase la competencia. Rol Corte N° 454-2024 RPP. Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.

Texto Completo (Preview)

CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, veintisiete de enero de dos mil veinticuatro. Sala: Primera Rol Corte: Penal-454-2024 Ruc: 2400107296-6 Rit : O-1115-2024 Juzgado: 7º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: las Ministros señora Maritza Elena Villadangos Frankovich y señora Elsa Barrientos Guerrero y la Abogado Integrante señora Paola Herrera Fuenzalida Relator: Arturo Chadwick Digitad

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