SIN INFORMACION

GONZÁLEZ/POLICÍA DE INVESTIGACIONES DE CHILE

Rol

Fecha

26 de enero de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA (DEL ACUERDO)

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Comparece CAROLINA ANDREA GONZÁLEZ GONZÁLEZ, Aspirante del 1° año de Instrucción de la Escuela de Investigaciones Policiales del Escalafón de Oficiales Policiales Profesionales de Línea de la Policía de Investigaciones de Chile, e interpone recurso de protección en contra de la POLICÍA DE INVESTIGACIONES DE CHILE – PDI-, por el acto arbitrario e ilegal consistente en la dictación de la Resolución Exenta (R) Nº 183, de 13 de septiembre de 2023, de la Dirección General de la Policía de Investigaciones de Chile, por medio de la cual se dispuso su eliminación del Curso de Formación de Oficial Policial Profesional de Línea, de dotación del Primer Subdepartamento de Instrucción, Sección E, de la Escuela de Investigaciones Policiales, lo que importa la afectación de la garantía prevista en el N° 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Solicita se deje sin efecto la Resolución Exenta, instruyendo su reincorporación inmediata a la institución y al curso que le correspondía al momento de la desvinculación, con costas. Explica haber ingresado a la Escuela de Investigaciones Policiales, en febrero del año 2023, incorporándose al Primer Subdepartamento, Sección “E”, en régimen de internado, debiendo ingresar los domingos en la noche para pernoctar hasta los días viernes, bajo despacho al domicilio de familiares, comuna de Quilicura, ya que provenía de la ciudad de Arica. Señala encontrarse consciente que ha sido reprochada en varias oportunidades por medio del régimen disciplinario interno, pero sin que se haya aplicado una medida disciplinaria a través de un sumario administrativo o investigación sumaria, lo que corresponde atendida su calidad de funcionario público, siendo solo reproches administrativos para un régimen de internado, los que detalla al afecto. Añade que no comparte los argumentos subjetivos y carentes de datos concretos que se plasman en la resolución recurrida, pues solo registra una medida disciplinaria y los otros reproches

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Para que proceda el recurso de protección se requiere efectivamente que se hayan realizado actos o incurrido en omisiones, con carácter de arbitrarios o contrarios a la ley, que realmente priven, perturben o amenacen el debido ejercicio de un derecho evidente y no disputado de la reclamante, que se encuentre garantizado y amparado en el texto constitucional. SEGUNDO: El acto que se tacha de ilegal y arbitrario que denuncia la recurrente, corresponde a la Resolución Exenta (R) N°183 de fecha 13 de septiembre de 2023, mediante la cual se dispuso su eliminación del Curso de Formación de Oficial Policial de Línea, de la Escuela de Investigaciones Policiales, en tanto refiere que los antecedentes en que se apoya no tienen la envergadura que lo ameritaba y de serlo, previamente, debió instruirse un sumario administrativo, reprochando por último la falta de motivación del acto administrativo. TERCERO: Las causales de eliminación invocadas por el Director General de la Policía de Investigaciones, autoridad que cuenta con facultades para dar de baja a los aspirantes de la Escuela de Investigaciones, - artículo 25 N° 3 del Decreto Supremo 41 de 1987 y, artículo 10 N° 1 del DFL N° 2.460, ambos del Ministerio de Defensa-, corresponden a las previstas en el artículo 50, en sus letras b) y c) del Decreto Supremo N° 5 de 1982, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaria de Investigaciones que aprueba el Reglamento Orgánico de la Escuela de Investigaciones Policiales, esto es, “Mala conducta o falta de adaptación a la disciplina” y “Carecer de aptitudes o vocación para su carrera”, respectivamente. CUARTO: En relación a las conductas que se reprochan a la recurrente, consistentes en una medida disciplinaria, una anotación simple y otros reproches, origen del alejamiento de la Escuela Policial, fueron evaluadas primeramente, por Director de la Escuela de Investigaciones Policiales, y luego por la autoridad superior, Director General de la Policía de Investigaciones de Chile, quien conforme a los antecedentes puestos a su disposición, llegó a la conclusión que a pesar de las posibilidades dadas a la actora, a fin de mejorar ciertas falencias que presentaba, no tuvieron un resultado positivo, señalando que pese a los llamados de atención e instancias que se le proporcionaron para mejorar su conducta, continuó cometiendo faltas al régimen interno y disciplinario, demostrando falta de responsabilidad y poco interés de las instrucciones impartidas, sin que tampoco haya podido internalizar el régimen jerárquico y disciplinario, evidenciando conductas que no se condicen con una futura Oficial Policial. QUINTO: El procedimiento para adoptar la decisión de eliminación se ajustó al Reglamento, se hizo llegar al Director General, por parte del Director de la Escuela, la Solicitud de Eliminación, se ponderaron las Actas del Consejo Docente y Consejo de Disciplina, se tuvo a la vista el Informe Reservado del Oficial Instructor y la Hoja de Vida

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de esta Corte sobre la materia, SE RECHAZA el recurso de protección en favor de Carolina Andrea González González, deducido en contra de la Policía de Investigaciones de Chile. Regístrese, comuníquese y archívese. Redactó la ministra señora Elsa Barrientos Guerrero. N°15.249-2023. Pronunciada por la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la ministra señora Maritza Villadangos Frankovich e integrada, además, la ministra señora Elsa Barrientos Guerrero y el abogado integrante señor Jorge Gómez Oyarzo. No firma el abogado integrante señor Gómez, quien concurrió a la vista de la causa y al acuerdo, por no encontrarse al momento de hacerlo.

Texto Completo (Preview)

Santiago, veintiséis enero de dos mil veinticuatro. VISTOS: Comparece CAROLINA ANDREA GONZÁLEZ GONZÁLEZ, Aspirante del 1° año de Instrucción de la Escuela de Investigaciones Policiales del Escalafón de Oficiales Policiales Profesionales de Línea de la Policía de Investigaciones de Chile, e interpone recurso de protección en contra de la POLICÍA DE INVESTIGACIONES DE CHILE – PDI-, por el acto arbi

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