SIN INFORMACION

MARLANDE/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES REGION DE METROPOLITANA

Rol

Fecha

26 de enero de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: A folio 1 comparece Tomás Guillermo Matheson Mujica, abogado, en nombre de Wideline Marlande, haitiana, interponiendo acción de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, señalando que ha transcurrido dos años y siete meses desde la presentación de su Solicitud de Prórroga de Visa Temporaria. Refiere que su representada, solicitó ante el Servicio Nacional de Migraciones, en ese entonces Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior, la permanencia definitiva -actual residencia definitiva-, bajo N° 23854102, con fecha 06 de mayo de 2021. Señala que la demora excesiva genera las preocupaciones propias de no tener un acto administrativo terminal que le permita tener la seguridad absoluta de su residencia, o le permita conocer el estado para postular nuevamente, lo que importa una vulneración a la garantía constitucional contemplada en el numeral 2° del artículo 19 de la Carta Fundamental, al no haber resuelto oportunamente a la referida petición, en desmedro de la recurrente. Solicita que se ordene al recurrido que se pronuncie a la brevedad sobre la solicitud de residencia definitiva, adoptando las providencias que sean necesarias para restablecer el imperio del derecho. SEGUNDO: A su turno a folio 11, con fecha 05 de enero pasado, el recurrido evacuó el informe, señalando que la recurrente solicitó, con fecha 06 de mayo de 2021, una prórroga de su permiso migratorio de residencia temporal. Añade que mediante Resolución Exenta N° 45602, de fecha 23 de mayo de 2022, el Servicio recurrido otorgó el permiso de residencia temporal en el país a la extranjera doña Wideline Marlande. Sostiene que en estas circunstancias, no existe ninguna vulneración a las garantías fundamentales consagradas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, por lo que la acción de protección ha perdido oportunidad y eficacia, solicitando su rechazo en todas sus partes. TERCERO: Que, ahora bien, en l

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se omite pronunciamiento respecto del presente recurso, por haber perdido oportunidad. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-16603-2023.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintiséis de enero de dos mil veinticuatro. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: A folio 1 comparece Tomás Guillermo Matheson Mujica, abogado, en nombre de Wideline Marlande, haitiana, interponiendo acción de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, señalando que ha transcurrido dos años y siete meses desde la presentación de su Solicitud de Prórroga

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