MP C/ TOMAS ALEXANDER PEREZ ANTIMAN
Rol
Fecha
26 de enero de 2024
Materia
ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Atendido lo expuesto y los antecedentes recopilados, se CONFIRMA la resolución apelada de fecha dieciocho de enero de dos mil veinticuatro. Acordada con el voto en contra del Abogado Integrante Sr. Juan Andrés Varas Braun, quien fue del parecer de revocar en virtud de sus propios fundamentos. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. El presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionado por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Rol 75– 2024 PEN. El Ministro de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, 26 de enero de 2024. Nadhia Álvarez Muñoz Relatora (S) En Valdivia, veintiséis de enero de dos mil veinticuatro, notifiqué por el estado diario la resolución precedente. Ministro de fe.
Fundamentos
fundamentos de derecho que expone en la audiencia, se revoque la resolución recurrida, sustituyéndola por la medida cautelar personal de arresto domiciliario total, según o, en subsidio, modificar la causal de prisión preventiva de peligro para la seguridad de la sociedad, por la de garantizar la comparecencia del imputado al juicio y a la eventual ejecución de la pena únicamente, fijando un monto de caución económica. La Sra. Presidenta de la Sala da por terminados el alegato y comunica la siguiente resolución: VISTOS: Atendido lo expuesto y los antecedentes recopilados, se CONFIRMA la resolución apelada de fecha dieciocho de enero de dos mil veinticuatro. Acordada con el voto en contra del Abogado Integrante Sr. Juan Andrés Varas Braun, quien fue del parecer de revocar en virtud de sus propios fundamentos. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. El presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionado por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Rol 75– 2024 PEN. El Ministro de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, 26 de enero de 2024. Nadhia Álvarez Muñoz Relatora (S) En Valdivia, veintiséis de enero de dos mil veinticuatro, notifiqué por el estado diario la resolución precedente. Ministro de fe.
Texto Completo (Preview)
A C T A AUDIENCIA REALIZADA EL DÍA VEINTISÉIS DE ENERO DE DOS MIL VEINTICUATRO, PARA LA VISTA- POR LA SEGUNDA SALA DE LA I. CORTE DE APELACIONES DE VALDIVIA- DEL RECURSO DE APELACION INTERPUESTO POR LA DEFENSA EN CAUSA RUC 2400076685-9 RIT 300–2024. ROL CORTE 75-2024 PENAL. Siendo las 10.18 horas del día señalado, se lleva a efecto la audiencia, con la asistencia de la Ministra y Presidenta de Sal
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