MP C/ JORGE ALEJANDRO ALVA PAILLAN
Rol
Fecha
26 de enero de 2024
Materia
LESIONES MENOS GRAVES. ART. 399.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: En atención a lo expuesto por los intervinientes, concurriendo los presupuestos legales y la actitud contumaz del imputado, se CONFIRMA la resolución apelada de fecha diecinueve de enero de dos mil veinticuatro. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. El presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionado por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Rol 78– 2024 PEN. El Ministro de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, 26 de enero de 2024. Nadhia Álvarez Muñoz Relatora (S) En Valdivia, veintiséis de enero de dos mil veinticuatro, notifiqué por el estado diario la resolución precedente. Ministro de fe.
Fundamentos
fundamentos de derecho que expone en la audiencia, se revoque la resolución recurrida, y en su lugar se decrete la medida cautelar de arresto domiciliario total consagrados en el art. 155 letra a) del Código Procesal Penal y arraigo nacional con sujeción al control telemático de la ley 21378. A continuación el Ministerio Público, quien pide se confirme la resolución en alzada, en mérito de las alegaciones de hecho y derecho que fundamenta en la audiencia. Los intervinientes hacen uso de su derecho a réplica. La Sra. Presidenta de la Sala da por terminados los alegatos y comunica la siguiente resolución: VISTOS: En atención a lo expuesto por los intervinientes, concurriendo los presupuestos legales y la actitud contumaz del imputado, se CONFIRMA la resolución apelada de fecha diecinueve de enero de dos mil veinticuatro. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. El presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionado por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Rol 78– 2024 PEN. El Ministro de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, 26 de enero de 2024. Nadhia Álvarez Muñoz Relatora (S) En Valdivia, veintiséis de enero de dos mil veinticuatro, notifiqué por el estado diario la resolución precedente. Ministro de fe.
Texto Completo (Preview)
A C T A AUDIENCIA REALIZADA EL DÍA VEINTISÉIS DE ENERO DE DOS MIL VEINTICUATRO, PARA LA VISTA- POR LA SEGUNDA SALA DE LA I. CORTE DE APELACIONES DE VALDIVIA- DEL RECURSO DE APELACION INTERPUESTO POR LA DEFENSA EN CAUSA RUC 2300704478-K RIT 3930-2023. ROL CORTE 78-2024 PENAL. Siendo las 10:43 horas del día señalado, se lleva a efecto la audiencia, con la asistencia de la Ministra y Presidenta de Sa
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