SILVA / CAJA DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR DE LOS ANDES
Rol
Fecha
26 de enero de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: A folio N°1, comparece Susana Marila Silva Carvajal, cédula de identidad N°10.753.892-5, domiciliada para estos efectos en Avda. Damiana Carrera #141, San Antonio, quien interpone recurso de protección en su favor, en contra de la Caja de Compensación Los Andes, RUT 81.826.800-9, representada legalmente por don Nelson Mauricio Rojas Mena, debido al acto ilegal y arbitrario consistente en realizar descuentos por planilla, por crédito social convenido en su oportunidad, el cual se encuentra actualmente zanjado en un procedimiento judicial, iniciado por la recurrida, estimando vulneradas sus garantías constitucionales consagrada en el artículo 19, números 3 y 24 de la Carta Fundamental. Fundamenta el recurso refiriendo que el año 2016 contrajo un "crédito social", por la suma de $4.647.279, el cual fue pactado en diversas cuotas, cuyos pagos se efectuarían conforme a lo establecido en el art. 22 de la ley 18.833. Sin embargo, explica que fue desvinculada de su trabajo y habiendo encontrado un nuevo trabajo el año 2023. Acto seguido, señala que la recurrida, interpuso demanda ejecutiva en su contra en causa ROL C-142-2019 seguida ante el 2º Juzgado Civil de San Antonio, sin perjuicio de lo anterior, a partir de noviembre de 2023, por orden de la Caja de Compensación le comenzaron a descontar mensualmente por planilla la suma de $126.530, conducta que estima antijurídica por ser ilegal o arbitraria. Pide se acoja el recurso y se abstenga de realizar descuentos por el concepto señalado y ordenar el reintegro de todas y cada una de las sumas descontadas de las remuneraciones, con costas. A folio N°5 comparece la abogada Inés Riquelme Arao, en representación de la recurrida, quien sin reconocer extinción de la deuda ni los hechos ni
Fundamentos
fundamentos de derecho que esgrime el recurrente en el recurso de protección, solicita su rechazo por falta de oportunidad por cuanto la Caja de Compensación voluntariamente ha dispuesto el cese definitivo de los descuentos del crédito otorgado a la recurrente y que asimismo, dispondrá la restitución de aquellas sumas que hayan sido recibidas a partir de la reanudación de los cobros. A folio N°7, se trajeron los autos en relación. Y Considerando: Primero: Que la acción constitucional de protección, consagrada en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, ha sido establecida a favor de quien, por causa de actos omisiones arbitrarios o ilegales, sufra privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de los derechos y garantías establecidas en el artículo 19 de la Carta Fundamental. Segundo: Que, en virtud de los antecedentes que obran en autos, teniendo en especial consideración el hecho que la recurrida ha dispuesto el cese de los descuentos de las remuneraciones de la actora y la devolución de lo ya descontado, no existe, por ahora, medida cautelar alguna que adoptar a su favor, en relación al acto arbitrario e ilegal denunciado en autos.
Fallo
Por estas consideraciones y lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido por Susana Marila Silva Carvajal en su favor y en contra de la Caja de Compensación Los Andes. Regístrese, notifíquese, comuníquese y en su oportunidad, archívese. N° Protección 23854-2023 No sujeta a anonimización En Valparaíso, veintiséis de enero de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
Jepv. C.A. de Valparaíso. Valparaíso, veintiséis de enero de dos mil veinticuatro. Vistos: A folio N°1, comparece Susana Marila Silva Carvajal, cédula de identidad N°10.753.892-5, domiciliada para estos efectos en Avda. Damiana Carrera #141, San Antonio, quien interpone recurso de protección en su favor, en contra de la Caja de Compensación Los Andes, RUT 81.826.800-9, representada legalmente por
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