JUZGADO DE GARANTIA DE CHILLAN

MP C/ DAVID HALBERT LARA LEIVA

Rol

Fecha

26 de enero de 2024

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO. ART. 442.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTO: 1°.- Que, los antecedentes aportados por los intervinientes en estrados, permiten, bajo el estándar requerido en esta etapa procesal, tener por acreditada la concurrencia de los requisitos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación al delito de robo en lugar no habitado por el que ha sido formalizado el encartado, sin que las alegaciones de la defensa, por ahora, puedan desvirtuar dicha conclusión, en relación a la calificación jurídica del hecho imputado. 2°.- Que, en cuanto a la necesidad de cautela, atendido el ilícito por el que se ha formalizado la investigación contra Lara Leiva, y los antecedentes prontuariales pretéritos de este, se puede concluir, conforme a lo dispuesto en el artículo 140 letra c) del Código Procesal Penal, que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 140, 358 y 360 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada, dictada en audiencia de diecinueve de enero del año en curso, que decreta la prisión preventiva de David Halbert Lara Leiva. Téngase por notificados a los intervinientes. Devuélvase. N° Penal-64-2024.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 140, 358 y 360 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada, dictada en audiencia de diecinueve de enero del año en curso, que decreta la prisión preventiva de David Halbert Lara Leiva. Téngase por notificados a los intervinientes. Devuélvase. N° Penal-64-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Chillán GIP/ Chillán, veintiséis de enero de dos mil veinticuatro. VISTO: 1°.- Que, los antecedentes aportados por los intervinientes en estrados, permiten, bajo el estándar requerido en esta etapa procesal, tener por acreditada la concurrencia de los requisitos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación al delito de robo en lugar no habitado por el que h

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