SIN INFORMACION

OTERO/CAJA DE COMPENSACION DE ASIGNACIÓN FAMILIAR LA ARAUCANA

Rol

Fecha

26 de enero de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el 13 de febrero de 2023 comparece el abogado MARIO ESPINOSA VALDERRAMA, en representación de CINTHIA DE LAS MERCEDES OTERO ARÉVALO, ambos con domicilio para estos efectos en Uno Poniente N° 1258, Oficina 1211, de Talca; e interpuso un recurso de protección en contra de CAJA DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR LA ARAUCANA, representada por su gerente general, Francisco Javier Sepúlveda Ramírez. Señala como acción ilegal y arbitraria una serie de descuentos por planilla efectuados en la remuneración de la protegida, con la finalidad de pagar cuotas de un crédito cuyo cobro se encuentra judicializado, lo que estima vulnera sus garantías contenidas en el artículo 19 de la Constitución Política de la República, en sus números 2 y 24, igualdad ante la ley y derecho de propiedad. Refiere que, el año 2014 la protegida solicitó un crédito de dinero a la recurrida, por $2.164.214, pagadero en 49 cuotas de $78.460, a contar de septiembre de 2014. Describe que cayó en mora desde la cuota N° 29, por lo que la recurrida, haciendo uso de las facultades contenidas en el pagaré, y particularmente la cláusula de aceleración, entabla una acción ordinaria ante el Juzgado de Letras de Molina, en causa rol C-275-2022, a fin de obtener el cobro de lo adeudado. Agrega que fue notificada y que al contestar alegó la prescripción, y que la última gestión del proceso es una citación a las partes a audiencia de conciliación el 17 de enero de 2023. Explica que pese a todo lo anterior, se percata que, en la liquidación de sueldo del mes de enero, consta un descuento por planilla a favor de la recurrida por $84.375, dinero que estima que fueron injusta y arbitrariamente descontados de su sueldo. Aclarando que la recurrida no ha dado cuenta en la causa de este cobro. Postula que la recurrida actuó de manera caprichosa e injustificada, reviviendo la aplicación de un descuento mensual, pudiendo llegar a obtener un doble cobro de lo adeudado, generando un e

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, sobre tramitación y fallo del recurso de protección, SE ACOGE sin costas, el recurso de protección deducido por Mario Espinosa Valderrama, en representación de Cinthia de las Mercedes Otero Arévalo, en contra de Caja de Compensación de Asignación Familiar la Araucana, solo en cuanto se ordena a esta última abstenerse de ejecutar los descuentos que se efectúan por planilla sobre el sueldo de la recurrente. Álcese la orden de no innovar decretada. Regístrese y archívese, en su oportunidad. Redacción de abogada integrante Carolina Isabel Araya López. Rol N° 238-2023/Protección. Se deja constancia que no firma el ministro Hernán González García, sin perjuicio de haber concurrido a la vista y acuerdo de la causa, por encontrarse con feriado legal, ni la abogada integrante Carolina Araya López, por estar ausente.

Texto Completo (Preview)

Talca, veintiséis de enero de dos mil veinticuatro. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el 13 de febrero de 2023 comparece el abogado MARIO ESPINOSA VALDERRAMA, en representación de CINTHIA DE LAS MERCEDES OTERO ARÉVALO, ambos con domicilio para estos efectos en Uno Poniente N° 1258, Oficina 1211, de Talca; e interpuso un recurso de protección en contra de CAJA DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN

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