JUZGADO DE GARANTIA DE PUERTO MONTT

MP C/ SEBASTIAN ANDRES SANHUEZA RAMIREZ

Rol

Fecha

25 de enero de 2024

Materia

ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1°) Que, se alza en apelación la defensora penal Macarena Agüero Díaz, en representación del sentenciado Sebastián Andrés Sanhueza Ramírez, contra la resolución de dieciocho de diciembre de dos mil veintitrés, que revocó la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva por quebrantamiento. Pide se revoque la resolución apelada, manteniéndose la pena sustitutiva concedida a su representado. 2°) Que, la defensa alega que, si bien su representado registra una condena posterior, sí había dado cumplimiento a la pena sustitutiva acudiendo a sus controles semanales hasta el mes de octubre de 2023, por lo que corresponde que se intensifique, pero no se revoque la pena alternativa. 3°) Que, son hechos que constan en la causa y no se han controvertido: (i) En la presente causa, con fecha 10 de noviembre de 2022 se condenó al encartado a una pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, accesorias legales, por su responsabilidad en calidad de autor del delito consumado de robo con intimidación En dicha oportunidad se sustituyó la pena de presidio por la de libertad vigilada intensiva, habiendo iniciado el cumplimiento con fecha 16 de diciembre de 2022. (ii) Que, durante el cumplimiento de la pena sustitutiva, en causa RIT 9510-2023 del Juzgado de Garantía de Puerto Montt con fecha 5 de diciembre de 2023, se condenó al sentenciado a la pena de un día de prisión en su grado mínimo y a una multa de 1/5 de U.T.M, por su responsabilidad como autor del delito tentado de hurto simple, perpetrado el 5 de diciembre de 2023. 4°) Que, para la resolución adecuada del asunto discutido conviene tener presente lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley N°18.216, precepto legal que establece: “Las penas sustitutivas reguladas en esta ley siempre se considerarán quebrantadas por el solo ministerio de la ley y darán lugar a su revocación, si durante su cumplimiento el condenado cometiere nuevo crimen o simple delito y fuere condenado por sentenci

Fallo

Por estas consideraciones y, visto lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley N°18.216, se confirma la resolución de fecha dieciocho de diciembre de dos mil veintitrés, pronunciada por el Juez del Juzgado de Garantía de Puerto Montt, don Juan Carlos Orellana Venegas, que revocó la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva respecto del penado Sebastián Andrés Sanhueza Ramírez. Comuníquese por la vía más expedita. Rol Penal N°1403-2023.

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, veinticinco de enero de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: 1°) Que, se alza en apelación la defensora penal Macarena Agüero Díaz, en representación del sentenciado Sebastián Andrés Sanhueza Ramírez, contra la resolución de dieciocho de diciembre de dos mil veintitrés, que revocó la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva por quebrantamiento. Pide se revoque la

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